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Sospechoso de matar a sicóloga estadounidense volverá a prisión

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones de Temuco revocó el beneficio de arresto domiciliario para Domingo Cofré.

Es, hasta ahora, el único imputado por el crimen de Erica Hagan, de 22 años, ocurrido en septiembre de 2014.

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Domingo Cofré trabajaba como conserje en el Colegio Bautista de Temuco, en cuyas dependencias ocurrió el homicidio.

La Corte de Apelaciones de Temuco revocó este martes la decisión del Juzgado de Garantía de la ciudad, que ayer había cambiado de prisión preventiva a arresto domiciliario total la medida cautelar impuesta a Domingo Cofré Ferrada, único imputado por el asesinato de la sicóloga estadounidense Erica Hagan.

Hagan, de 22 años, apareció muerta en septiembre del año pasado, desnuda en una tina, en un departamento ubicado al interior del Colegio Bautista de Temuco, donde trabajaba, y donde Cofré se desempeñaba como conserje.

El hombre es, hasta ahora, el único imputado por el crimen, pero en una audiencia efectuada ayer el Tribunal de Temuco acogió los argumentos del abogado defensor Javier Jara, que cuestionaron las pruebas y la secuencia de hechos descrita por la Fiscalía.

El Ministerio Público anunció ayer mismo su decisión de apelar y hoy la Corte de Apelaciones -a través de los ministros María Elena Llanos, Luis Troncoso y Aner Padilla- resolvió revertir la decisión del juez Luis Olivares, que dictó el arresto domiciliario, y mantener la prisión preventiva.

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Erica Hagan trabajaba temporalmente en el Colegio Bautista de Temuco,donde fue asesinada. 

 

"Se expusieron los antecedentes, los mismos antecedentes que ya se habían vertido en la audiencia, en el Juzgado de Garantía. En esta oportunidad la Corte de Apelaciones de Temuco, actuando en derecho, decidió revocar dicha resolución por estimar que los antecedentes justificaban la mantención de la prisión preventiva del imputado Domingo Cofré", valoró el fiscal Luis Arroyo.

"El día de ayer ya se adelantó la alegación que planteó la Fiscalía. No estaba de acuerdo con lo que resolvió el tribunal. Creemos que el estándar que se eligió el día de ayer por parte del tribunal fue un estándar exigido para el juicio oral. En esta etapa lo que se determina es si existen antecedentes que justifiquen o no la existencia del delito y la presunción de la participación del imputado, no es una certeza absoluta. Los antecedentes de la investigación no han variado y creemos que es en el juicio oral donde se vertirá la prueba que será de conocimiento de todo el tribunal. Ahí se definirá la suerte final del imputado", sentenció Arroyo.