Corte Suprema ratificó multas a ex directores de Fasa por colusión

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

La Tercera Sala del máximo tribunal rechazó los recursos presentados por las defensas de siete de los ex ejecutivos.

Incluso, se sancionó a Pablo Lamarca Claro, quien falleció en un accidente de tránsito.

 Archivo AGENCIA UNO / Referencial

La Corte Suprema confirmó las multas de 7 millones 682 mil 589 pesos.

La Corte Suprema confirmó las multas de 300 Unidades de Fomento (UF), 7.682.589 pesos, aplicadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a ocho ex directores de la empresa Farmacias Ahumada S.A. -FASA- por infringir la ley de valores, en el marco del denominado caso "colusión de las farmacias".

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación, tanto en la forma como en el fondo, presentados por las defensas de siete de los ex ejecutivos, y acogió la acción judicial presentada por la SVS e incluso sancionó a Pablo Lamarca Claro, quien falleció en un accidente de tránsito, en julio de 2013.

La sentencia determinó que, en el caso de Lamarca Claro, la sanción pecuniaria no se extingue con su muerte, al radicarse dicha obligación en su patrimonio.

Sobre la responsabilidad que recae sobre los directores de empresas, el fallo afirmó que "si bien a los reclamantes les asistía el derecho a ser informados, también el ejercicio de sus cargos les imponía la obligación de requerir toda la información que les fuere necesaria para la adecuada toma de las decisiones relacionadas con la administración social"

El fallo enfatiza que "antes del 18 de diciembre del año 2008 ya habían tomado conocimiento de la existencia de una investigación seguida en contra de Farmacias Ahumada S.A. por la Fiscalía Nacional Económica".

"Tampoco exigieron de la gerencia o de terceros la emisión de informes u opiniones razonadas, para así enfrentar debidamente el riesgo que ello significaba" y que no realizaron "acciones positivas de exigir la entrega de la información que les había sido ocultada, a objeto de cumplir con el estándar de cuidado exigido por la ley en el ejercicio de sus cargos", dice el texto.

El fallo concluye que "habiéndose acreditado por el órgano administrativo que los directores sancionados incurrieron en la culpa por omisión que se les imputa, corresponde la confirmación de la sentencia de primera instancia".