Corte Suprema elevó multas a empresas de buses de Valdivia por colusión
Diez compañías se concertaron para subir sus precios entre 2008 y 2012, "abusando de su poder", destacó del Tribunal.
El fallo destacó "la gravedad de las conductas" sancionadas "y lo prolongado de su acuerdo".
Producto del cartel "se afectó a un gran número de personas que, en una ciudad del tamaño de Valdivia, requieren utilizar los servicios de transporte público", dijo la Suprema.
La Corte Suprema elevó las multas aplicadas a ocho de 10 empresas de taxibuses de Valdivia que entre los años 2008 y 2012 se coludieron para subir sus tarifas.
La Tercera Sala del máximo tribunal acogió, en un fallo unánime, un recurso de reclamación presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) contra la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLDC) el 4 de noviembre de 2014, que aplicó sanciones en el caso.
La Suprema confirmó la resolución que sancionó a las empresas por desplegar una serie de conductas atentatorias a la libre competencia al acordar la fijación de las tarifas, pero incrementó a 50 Unidades Tributarias Anuales (poco menos de 27 millones de pesos) el monto que deberán pagar la Sociedad de Transportes Línea Uno Collico S.A. ("Línea N° 1") y Empresa Transportes de Pasajeros Río Cruces N° 9 S.A. ("Línea N° 9").
En tanto, Empresa de Transportes Regional Sur S.A. ("Línea N° 4"); Transportes Regional Corvi S.A. ("Línea N° 5") y Sociedad de Transportes Austral Sur-Oeste S.A. ("Línea N° 16") deberán cancelar a 100 UTA (54 millones de pesos).
Transporte Comercial Laurel Sur S.A. ("Línea N° 3"); Empresa de Transportes Línea Once S.A. ("Línea N° 11") y Sociedad de Transportes Regional S.A. ("Línea N° 20") pagarán 150 UTA (más de 80 millones de pesos).
La Suprema mantuvo en 5 UTA (2,7 millones de pesos) las multas aplicadas a Empresa de Transportes Lourdes S.A. ("Transportes Lourdes" o "Línea N° 2"); 2,5 UTA a Sociedad de Transportes Libertad S.A. ("Transportes Libertad" o "Línea N° 14") y en 10 UTA (5,4 millones) a la Asociación Gremial de Empresarios de Taxibuses de Valdivia ("AGETV").
"Abuso de poder"
En su fallo (ver archivo adjunto), la Suprema destacó "la gravedad de las conductas colusorias" emprendidas por las empresas sancionadas "y lo prolongado de dicho acuerdo".
Asimismo, hizo "consideración del tipo de servicio afectado: un servicio público que satisface un interés general básico de la sociedad, lo que por cierto conlleva un mayor reproche", puesto que "se afectó a un gran número de personas (...) que, en una ciudad del tamaño de Valdivia, requieren utilizar los servicios de transporte público".
"Los actos denunciados han tenido por efecto el perjuicio de los consumidores, quienes debieron asumir el costo de una tarifa colusoria en un mercado sensible como lo es el transporte de pasajeros, proceder que revela, además, el claro propósito de las requeridas de abusar del poder que poseen", señalaron los jueces.