Corte ordenó restitución de terreno ocupado por la Comunidad de Pirque
La sentencia debe ser ejecutoriada en los próximos cinco días.
Se rechazó el dictamen del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar.
En caso de no devolver el terreno se utilizará a la fuerza pública, indica el dictamen.
La Corte de Apelaciones de Copiapó ordenó este viernes restituir a su propietaria un terreno ubicado en la comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, que había sido ocupado por la denominada "Comunidad de Pirque" y fijó un plazo de cinco días para que la sentencia sea ejecutoriada.
En fallo unánime, el tribunal revocó el dictamen del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, que había rechazado en noviembre pasado la demanda interpuesta por Ana del Tránsito Bordones, dueña del predio ubicado en el sector Junta de Valeriano, quien reclamaba la restitución del inmueble.
El fallo de alzada rechazó la sentencia de primera instancia y consideró que si bien existe un contrato de promesa de compraventa, "se ha resuelto que los efectos jurídicos del contrato de promesa dan origen a una obligación de 'hacer' y no producen otro efecto que el de exigir la celebración del contrato prometido".
"Resulta que el título que se ha tenido por bastante para justificar la
tenencia por parte del demandado, a juicio de esta Corte, no reúne las características necesarias para ello, por cuanto el ordenamiento legal le desconoce la virtud de vincularlo jurídicamente con el predio que ocupa", continúa el texto.
Debido a esto, el tribunal ordenó la restitución "bajo apercibimiento de lanzarlo con la fuerza pública, y dadas las circunstancias fácticas de este proceso, dicho apercibimiento rige, además, respecto de todo otro ocupante, sea o no miembro de la Secta Religiosa denominada 'Antares de la Luz y/o Comunidad de Pirque'".