Gobierno demandará a los padres de menores que dañen bienes públicos

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Autor: Cooperativa.cl

La Subsecretaría del Interior hará que los padres respondan civilmente por los perjuicios generados por sus hijos.

"Esto va dirigido a quien cause daño a la infraestructura o equipamiento público", dijo el subsecretario Aleuy.

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Esta decisión se toma debido a los costos que se generan en las distintas municipalidades y reparticiones estatales tras marchas o incidentes.

La Subsecretaría del Interior pondrá en marcha una nueva política de seguridad pública en la que los padres responderán civilmente por los perjuicios generados por sus hijos.

Esto en relación a los menores de edad que participen y sean condenados por dañar bienes de carácter público como las señaléticas, los vehículos estatales y municipales, semáforos, paraderos, entre otros.

Según informó La Tercera, esta decisión se toma debido a los costos que se generan en las distintas municipalidades y reparticiones estatales tras las marchas o incidentes relacionados con fechas como el 11 de septiembre o el Día del Joven Combatiente (29 de marzo).

La Subsecretaría del Interior envió un oficio el 3 de marzo pasado Consejo de Defensa del Estado (CDE), organismo que tiene la potestad para comenzar las demandas por este tema, para solicitar un pronunciamiento respecto a si era posible hacer valer la responsabilidad civil de los padres de los menores y bajo qué requisitos se debería efectuar.

En el documento de respuesta, que fue entregado el 29 de marzo y al que accedió el matutino, el CDE fijó una serie de criterios para llevar adelante las demandas.

El organismo sostuvo que se debería usar el Artículo 2320 del Código Civil, el cual señala "que toda persona es responsable no sólo de sus propias acciones, sino del hecho de aquellos que estuvieren a su cuidado. Así el padre, y a falta de éste la madre, es responsable del hecho de los hijos menores que habiten en la misma casa".

Según el CDE, con este articulado no hay que acreditar la "mala educación" o "hábitos viciosos" de los menores ante el tribunal.

"Debe haber un responsable de esos hechos"

"Esto va dirigido a quien cause daño a la infraestructura o equipamiento público, es decir, adquiridos y financiados con fondos de todos los chilenos y chilenas. Debe haber un responsable de esos hechos. No se trata necesariamente de querellas penales, aunque también pueden serlo, sino demandar civilmente a padres de menores de edad que han participado en destrucción de bienes públicos", dijo el subsecretario del Interior, Mahmud Aleuy, al matutino.

Consultado sobre cuándo se comenzará a aplicar esta política, Aleuy afirmó que "inmediatamente. Cada vez que se tengan antecedentes de destrucción de bienes públicos, se perseguirá civilmente a los responsables de dichos daños".

Además, el CDE enumeró los requisitos necesarios en caso de entablar la demanda:

  • Que exista una condena y un proceso judicial concluido.
  • Los daños sean bienes públicos.
  • Haya documentación que acredite el monto del perjuicio.
  • No esté prescrito el caso.
  • Que existan bienes de los demandados que permitan ejercer medidas precautorias en caso de condena (propiedades, vehículos, etcétera).
  • Que los menores residan en la casa de sus padres.