Corte Suprema autorizó globos de televigilancia en Las Condes y Lo Barnechea
Máximo tribunal revocó fallo de la Corte de Apelaciones para evitar su uso.
Para su funcionamiento tendrán que cumplirse algunas condiciones.
Los globos fueron instalados por los municipios de Las Condes y Lo Barnechea.
La Tercera Sala de la Corte Suprema autorizó de forma unánime el funcionamiento de los globos aerostáticos de televigilancia instalados por los municipios de Las Condes y Lo Barnechea.
Así se revocó lo resuelto en marzo pasado por la Corte de Apelaciones de Santiago que había acogido un recurso de protección presentado por vecinos tras considerar que se vulneraba su privacidad.
Con esta decisión los globos podrán ser usados, pero bajo cuatro condiciones. La primera de ellas es que solo se podrán grabar espacios públicos y privados abiertos; que un inspector o delegado municipal certifique una vez al mes que no se captaron imágenes de espacios privados, como el interior de una vivienda, un establecimiento comercial, jardines y balcones entre otros sitios.
El alcalde de Las Condes, Francisco de la Maza, indicó que esta decisión "refuerza la idea de que el combate a la delincuencia se puede hacer con mayor tecnología que lo que nosotros hemos estado aplicando en esta comuna".
Felipe Guevara, alcalde de Lo Barnechea, comentó que el dictamen "es bastante generoso en cuanto a permitirnos incluso perseguir delitos que se cometen en el espacio público pero que involucran el espacio privado y por lo tanto va más allá de lo que nosotros incluso aspirábamos".
Asismismo, se ordenó destruir las grabaciones después de 30 días, salvo si se captó algún tipo de ilícitos; así como también que cualquier persona podrá tener acceso a las grabaciones que se realicen tanto en la comuna de Las Condes como en Lo Barnechea.