CMPC aseguró que no corresponde indemnizar a consumidores por colusión
La papelera justificó su postura al no existir un vínculo contractual con sus clientes.
Conadecus solicita una indemnización que llegaría, de acuerdo a sus cálculos, a los 530 millones de dólares.
La papelera CMPC aseguró que al no existir un vínculo contractual con los consumidores no corresponde indemnizarlos en el marco de la colusión del tissue, tal como solicitó la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) ante la justicia civil.
La empresa explicó en un documento enviado al 10° Juzgado Civil de Santiago que al no haber antecedentes de un vínculo entre los consumidores y la papelera "no se ofrece una exposición clara de los fundamentos fácticos y jurídicos que justifiquen razonablemente la afectación de un interés colectivo o difuso".
De acuerdo a lo que informa La Tercera, para CMPC este requisito es clave para exigir una indemnización de perjuicios, tal y como lo sugirió la organización de defensa de los consumidores y cuyo monto, de acuerdo a sus cálculos, asciende a 530 millones de dólares.
En tanto, el ex gerente de PISA (actual SCA Chile), Felipe Baraona, admitió este lunes ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) su participación en un acuerdo con CMPC, la que informó a los abogados de la compañía a mediados de 2015, antes que la empresa solicitara el beneficio de la delación compensada, publicó este martes El Mercurio.