Revisa si fuiste nominado vocal de mesa para las elecciones municipales
El Servicio Electoral publicó este sábado la primera lista.
Quienes no puedan ejercer la responsabilidad tienen hasta este miércoles para excusarse.
El Servicio Electoral publicó este sábado la nómina de vocales de mesa para la elección municipal del próximo 23 de octubre.
En cumplimiento de la Ley Electoral, el Servel incluyó la información en diarios de circulación nacional y también en su página web, donde puede consultarse en este link con el número del rut de cada votante.
En caso de que alguno de los nominados no pueda hacerse cargo de esta responsabilidad deberá presentar su excusa hasta este miércoles acompañando los documentos que acreditan su imposibilidad.
La nómina de reemplazantes para los vocales a quienes se les acepte la excusa será publicada el sábado 8 de octubre.
Las razones que estipula la ley para excusarse son las siguientes:
- Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 kilómetros del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.
- Tener más de 70 años.
- Estar física o mentalmente imposibilitado.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección.
- Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.
Por otra parte, las razones que impiden a los ciudadanos ser vocal de mesa, aunque sea capaz y desee hacerlo son:
- Las personas que desempeñen cargos de elección popular Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.
- Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en la colateral hasta el segundo grado inclusive (hermanos). (Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer (suegros, hijos, cuñados es decir hermanos del o la cónyuge).
- Extranjeros (aún cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las Leyes Electorales.
- Ministros, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Consejeros Regionales, El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales.
- Magistrados de los tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público.
- Los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).