Suprema confirmó condena a hombre que intentó sobornar a personal de Carabineros

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Autor: Cooperativa.cl

Cristián Salfate Troncoso fue sometido a un control de identidad mientras corría sospechosamente por Alameda.

Para ser liberado ofreció a los policías un celular Samsung Galaxy.

 Agencia UNO / Referencial

Salfate corría "entre los autos y miraba hacia atrás y adelante, al tiempo que observaba un teléfono celular que llevaba en la mano"; era "una acción típica de los que han cometidos delitos de robo y hurto".

La Corte Suprema confirmó una condena de 541 días de cárcel y una multa de 100 mil pesos para un hombre que, el 2 de mayo del año pasado, intentó sobornar a funcionarios de Carabineros al momento de ser sometido a un control de identidad.

En un fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa de Cristián Orloff Salfate Troncoso, quien el pasado 8 de noviembre fue sentenciado por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago en calidad de autor del delito de cohecho.

En la resolución del máximo tribunal (ver archivo adjunto) se explica que Salfate Troncoso fue sometido al referido control en circunstancias de que dos funcionarios policiales lo vieron el 2 de mayo, alrededor de las 16:00 horas, cruzar corriendo "la intersección de la Alameda con calle Amunátegui, (...) llamándoles la atención que lo hiciera por entre los autos, lo que no se justificaba ya que el acusado no se dirigió a tomar la micro ni procedió a juntarse con otra persona, y mientras corría miraba hacia atrás y adelante, al tiempo que observaba un teléfono celular que llevaba en la mano".

Estos indicios fueron considerados por los policías como "una acción típica de los que han cometidos delitos de robo y hurto". Sin embargo, en el proceso consta que "nadie seguía al acusado y durante el lapso en que se realizó el control de identidad en la vía pública no se acercó ninguna víctima de un delito de robo o hurto que denunciara la sustracción del celular, (como) tampoco se logró encontrar a la supuesta víctima, pese a llamar a otras unidades policiales para constatar si habían denuncias sobre la sustracción de un celular de las características del que portaba el acusado".

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El imputado no tenía "cómo justificar la procedencia del teléfono", pero tampoco se pudo acreditar que lo hubiera robado. (Foto: Agencia UNO / Referencial)

Sin perjuicio de lo anterior, en medio de la diligencia, "el imputado Cristóbal Orloff Salfate Troncoso ofreció al funcionario público, funcionario de Carabineros en ejercicio de sus funciones, Haroldo González Fernández, un teléfono celular marca Samsung, modelo Galaxy S6 Edge Plus avaluado en 500.000 pesos, con el objeto de que no siguiera (sic) practicando el procedimiento de control de identidad en que imputado no mantenía documento de identidad" y tampoco tenía "cómo justificar la procedencia del teléfono".

"No" al argumento de la defensa

La Corte Suprema resaltó que Salfate "actuó a sabiendas de que el funcionario no está habilitado legalmente para acceder a dicha solicitud" y rechazó el argumento de la defensa respecto de que, si no se hubiera realizado el control de identidad, no se habría producido la oferta de soborno.

"Debe repararse que, de no haberse realizado el ofrecimiento del imputado al carabinero para poner término al control de identidad, (...) luego de haberse determinado su identificación y comprobado que el encartado no tenía órdenes de detención pendientes, y no existiendo otros motivos para mantener su detención ahora por la flagrancia de algún delito -al no existir a la sazón ningún antecedente de que el teléfono fuera el botín de alguna apropiación penalmente prohibida-, el imputado iba a ser necesariamente dejado en libertad, sin embargo, este devenir que establecía la ley fue interrumpido voluntaria y espontáneamente por el acusado al ofrecer al policía que llevaba a cabo la diligencia que diera un término irregular a la misma", se lee.

"Producto de la actuación ilícita del propio imputado, el control de identidad muta a la detención de un delito de cohecho flagrante (...) Nada más piénsese que en el caso de si el acusado, en vez de ofrecer un objeto a los policías a cambio de su huida, hubiese disparado mortalmente a los mismos", ejemplificó.