Corte de Punta Arenas confirma condena contra autor de homicidio de cantante de rap
En el fallo se señala que el acusado ha entregado diversas versiones respecto de lo que estaba haciendo el día del homicidio.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó a Edgar Robinson Ortega Silva a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo.
Ortega Silva fue condenado como autor del homicidio consumado de la cantante Ana María Arancibia Palma, conocida artísticamente como "Venus Rap". Ilícito perpetrado el 27 de octubre de 2015, en la ciudad.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la pretensión de la defensa tras establecer que la sentencia recurrida se dictó sin infracción de ley.
La resolución agrega que "según la defensa, la sentencia detalla sus argumentos por los que considera que Ortega Silva es autor del delito de homicidio sin existir razón legal ni doctrinal alguna como argumento. Y más aún, señalan, todos los argumentos de la sentencia que sirven de base para acreditar la participación del condenado en el hecho delictual son circunstanciales".
"El acusado ha dado distintas versiones respecto de lo que estaba haciendo el día en que ocurren los hechos, que el acusado señaló haber perdido su celular habiendo probado el Ministerio Público que el teléfono continuó funcionando después de que supuestamente lo había perdido; se otorga credibilidad al testimonio de Camila Martínez por considerar el tribunal que ella no tiene razones gananciales para declarar en contra de Ortega Silva".
"Para fundar el recurso de nulidad por esta causal, el recurrente debe señalar con precisión cuál es el error de derecho que advierte en el fallo impugnado, lo que no ha acontecido en la especie, por lo que también se procederá al rechazo del recurso en estudio por esta causal", concluye.