Corte rechazó demanda de estudiante contra su universidad tras reprobar examen
Mario Quintana reprobó por cuarta vez su examen de grado de derecho en la Universidad Finis Terrae.
"No hubo actuar arbitrario de la comisión que examinó al estudiante", sostuvo el fallo del tribunal.
"No cabe sino desechar la acción, por no cumplirse con los presupuestos de hechos invocados por el demandante", sostuvo el tribunal.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo del Séptimo Juzgado Civil de Santiago que rechazó una demanda por discriminación presentada por un estudiante de derecho de la Universidad Finis Terrae en contra de la casa de estudios por no aprobar su examen de grado.
En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Mauricio Silva, Jessica González y Enrique Durán- confirmó en todas sus partes la decisión de primera instancia que rechazó la acción judicial presentada por Mario Quintana Massú.
En la sentencia, la jueza del Séptimo Juzgado Civil, Carolina Ramírez, rechazó la acción al considerar que "no hubo actuar arbitrario de la comisión que examinó por cuarta vez al estudiante de derecho y que reprobó su examen de grado".
"No cabe sino desechar la acción, por no cumplirse con los presupuestos de hechos invocados por el demandante, ya que el hecho de haber sido interrogado en cédula y en las dos materias obligatorias no garantizaba, en caso alguno que ellas estuviesen aprobadas", reza el dictamen emitido por la Corte de Apelaciones.
"De acuerdo a la normativa vigente al efecto, luego de concluida la interrogación, ésta sería calificada, lo que efectivamente se verificó, (...) en la que consta se acordó calificar al señor Quintana con nota 30 (tres), lo que implicó su reprobación", añade el fallo.
"En relación a los hostigamientos durante la interrogación invocados, pese a que no son el fundamento directo de la pretensión, también deben descartarse, pues del registro de audio se desprende que la profesora Vivanco sólo intervino para orientar al alumno en sus respuestas", apunta la resolución.
Finalmente, el tribunal de alzada capitalino estipula en su fallo que "de igual forma se debiera haber procedido al rechazo de la pretensión por no resultar probada la discriminación a que alude, siendo de carga del actor la prueba en tal sentido".