Corte Suprema dictó sentencias por casos Caravana de la Muerte y Operación Colombo
En el primer fallo, el militar en retiro Carlos Massouh fue condenado por un doble secuestro y homicidio durante el "Episodio Curicó".
En el segundo, el máximo tribunal ratificó los 10 años y un día de presidio para Miguel Krassnoff y otros tres agentes de la DINA.
Ambos hechos ocurrieron entre 1973 y 1974.
La Corte Suprema dictó sentencias por un doble secuestro y homicidio perpetrados en el marco del denominado "Episodio Curicó" del caso "Caravana de la Muerte", y un doble secuestro durante la "Operación Colombo".
En la primera sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal -por cuatro votos contra uno- condenó al militar en retiro Carlos Massouh Mehech a la pena de cinco años y un día de presidio por el secuestro y homicidio de Wagner Salinas Muñoz y Francisco Lara Ruiz, el 11 de septiembre y el 5 de octubre de 1973, respectivamente.
De acuerdo a lo investigado por los ministros en visita Patricia González y Hernán Crisosto, las víctimas, dos integrantes del equipo de seguridad del presidente Salvador Allende, fueron capturados en el puente sobre el Río Huayquillo (Región del Maule), llevados al Regimiento Curicó y luego a la Artillería Motorizada Tacna en Santiago, y fueron fusilados en San Bernardo el 5 de octubre de 1973.
El fallo -adoptado con el voto a favor de los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, y la abogada (i) Leonor Etchberry y en contra por el ministro Lamberto Cisternas-, condenó al fisco a pagar una indemnización total de 500 millones de pesos a los familiares de las víctimas.
Colombo: Ratifican sentencia para Krassnoff
Además, el máximo tribunal ratificó la sentencia de 10 años y un día de presidio para el brigadier en retiro del Ejército Miguel Krassnoff -recluido en Punta Peuco por delitos de lesa humanidad- por los secuestros de los estudiantes y miristas Rafael Araneda Yévenes y Carlos Terán de la Jara en diciembre de 1974, en el marco de la "Operación Colombo".
Junto a él, las mismas condenas fueron confirmadas para los otros ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Basclay Zapata Reyes y Pedro Espinoza Bravo, además de ratificarse los 5 años y un día de presidio que deberá purgar el agente Rolf Wenderoth Pozo.
La investigación estableció que el 11 de diciembre de 1974, Terán de la Jara, de 26 años, fue detenido en la vía pública cuando acudió a un "punto", siendo trasladado hasta "Villa Grimaldi" , desde donde fue llevado a un inmueble ubicado en calle Venecia usado como casa de seguridad, perdiéndose todo rastro.
En tanto, el 12 de diciembre de 1974, Araneda Yévenes, de 25 años, fue detenido desde la sede Renca de Inacap y llevado a su domicilio de calle San Isidro, que fue allanado. Fue visto en el recinto secreto de detención de "Villa Grimaldi", del cual habría sido sacado el 24 de diciembre con destino desconocido.
El fallo -adoptado con el voto a favor de los ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm y en contra por el ministro Lamberto Cisternas- acogió el recurso de casación y se condenó al Estado de Chile a pagar 200 millones de pesos a los familiares de las víctimas.