Corte Suprema rebajará la condena al agresor de Nabila Rifo
Los ministros del máximo tribunal consideraron que Mauricio Ortega no quiso asesinar a su pareja: desestimaron el femicidio frustrado.
El fallo se oficializará este martes 11 de julio, afirmó La Tercera.
Con su brutalidad y la resiliencia mostrada por Nabila Rifo, su caso se convirtió en un símbolo de la lucha contra la violencia de género.
La Corte Suprema decidió rebajar la condena de 26 años de cárcel que, a inicios de mayo, el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique impuso -juicio mediante- a Mauricio Ortega, ex pareja de Nabila Rifo.
Según informa este domingo el diario La Tercera, la Sala Penal de la Corte Suprema -integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm- decidió acoger parcialmente el recurso de nulidad presentado por la Defensoría Penal Pública en representación de Ortega.
Por cuatro votos a uno, con la opinión disidente de Juica, los jueces acordaron desestimar que la agresión ocurrida el 14 de mayo de 2016 en la capital de la Región de Aysén correspondiera a un "femicidio frustrado".
Por este motivo, reemplazaron la pena asociada a dicho delito por la que corresponde a la de "lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar". La reflexión judicial se da pese a que está acreditado que Ortega golpeó con dos piedras en la cabeza a Nabila antes de sacarle los ojos y luego la dejó abandonada y moribunda en la vía pública, de madrugada, en medio del frío de la ciudad sureña.
"El acto de golpear a la víctima en su cabeza en reiteradas oportunidades, al punto de dejarla con lesiones que, de no mediar intervención médica oportuna le hubieran provocado la muerte, constituye una acción objetivamente idónea para provocar la muerte de una persona, revestida de una intencionalidad homicida", decía en uno de sus párrafos el fallo de primera instancia, ahora revertido, recuerda La Tercera.
Los magistrados del máximo tribunal del país no estuvieron de acuerdo y, al recalificar la golpiza como delito de "lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar", provocan el efecto de rebajar la pena del femicidio frustrado desde los 12 años y 180 días a una en torno a los cuatro años de cárcel.
Como consecuencia de esto, Ortega pasará ocho años menos en prisión que lo determinado en el juicio que lo condenó. Su sentencia se reducirá de 26 a 18 años tras las rejas.
Según "Reportajes" de La Tercera, el fallo está siendo redactado por el ministro Juica, tiene carácter de "inapelable" y se conocerá oficialmente este martes 11 de julio.
Cabe recordar que, en el contexto de los alegatos por el recurso de nulidad, el defensor público Ricardo Flores provocó repudio al declarar que "desde el punto de vista de la pena, (para Ortega) habría sido más barato haberla matado (a Nabila) que haberla dejado viva".