Joven que mató y descuartizó a su polola colombiana fue declarado culpable de femicidio
Edwin Vásquez asesinó a Juliana Aguirre y lanzó los restos de su cuerpo mutilado al Río Mapocho.
El Ministerio Público pidió presidio perpetuo, pero la defensa apela a su "irreprochable conducta anterior" para bajar la condena.
"Juliana dejó todos su afectos en Colombia para seguir a su pareja, su conviviente, y éste le dio muerte en forma muy despreciable", destaca la Fiscalía.
En un fallo unánime el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago declaró culpable del delito de femicidio a Edwin Vásquez, el joven colombiano que en marzo del año 2016 asesinó y descuartizó a su pareja, de la misma nacionalidad.
En el juicio se acreditó que el sujeto, de 26 años, asfixió a Juliana Aguirre hasta darle muerte; trasladó su cuerpo hasta la tina del baño del departamento que compartieron durante meses en el centro de Santiago, para luego -con un cuchillo- mutilarla y lanzar su cuerpo en tres bolsas a las aguas del Río Mapocho.
La sentencia se informará el miércoles 26 de julio a las 11:00 horas y ante la brutalidad del crimen, la Fiscalía Centro-Norte pidió presidio perpetuo, para que recién después de 20 años de cárcel pueda el joven acceder a beneficios carcelarios.
"Una hermana de la familia expuso en el tribunal las formas en que se enteraron del hecho, que fue a través de la prensa; tuvieron que reconocer por internet -ellos estando en Colombia- las extremidades de su hermana", recordó el fiscal Álvaro Nuñez.
"Juliana dejó todos su afectos en Colombia para seguir a su pareja, su conviviente, y éste le dio muerte en forma muy despreciable. No es lo mismo la muerte de una persona por un accidente de tránsito o una negligencia médica a que le dé muerte su conviviente y después descuartizarla", reflexionó el persecutor.
Defensa apela a "irreprochable conducta anterior"
La defensa de Vásquez aspira a conseguir una pena de ocho años por la atenuante de "irreprochable conducta anterior" y la colaboración con la indagatoria.
El defensor penal público Roberto Náquira explicó que el individuo "confiesa a la PDI lo que había hecho, tuvo que corroborar esto, primero, ante el fiscal en declaración sin abogado, renunciando a su derecho a guardar silencio".
"En concreto, por estas atenuantes que hay, la misma ley permite bajar estos grados de pena: que de estos 15 (años) y un (día) que es donde inicia la pena, se bajen dos grados; y respecto a esos dos (años), que la pena sea de ocho años", explicó el abogado.