Corte Suprema rechazó demanda de la machi Linconao por "vulneración de la honra"
La autoridad mapuche inició la acción legal contra el Fisco por un allanamiento que sufrió en el marco de la investigación del caso Luchsinger.
El máximo tribunal falló en su contra en una votación dividida.
La Justicia descartó "la vulneración de derechos de la demandante, considerando inclusive su condición de machi del pueblo mapuche".
La Corte Suprema rechazó una demanda presentada contra el Fisco por la machi Francisca Linconao, por supuesta vulneración del derecho a la honra en relación con una diligencia de allanamiento y detención en el marco de la invesigación del caso Luchsinger Mackay, proceso en el que, finalmente, fue absuelta.
En un fallo dividido la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación deducido en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que desestimó la demanda de Linconao, tras establecer que no hubo vulneración al derecho a la honra de la demandante.
Según detalló el Poder Judicial en su página web, "la sentencia impugnada revocó el fallo de primer grado que acogía parcialmente la demanda, estableciendo (...) la insuficiencia de elementos de prueba que permitan tener por acreditado el hecho ilícito sobre el que la demandante construye su demanda".
Los ministros de la Corte Suprema razonaron que, "por un lado, no se puede ponderar aquella prueba que no fue incorporada legalmente al procedimiento (...), mientras que de otro, tampoco los testimonios de los que se vale la actora para fundamentar su pretensión resultan ser bastantes para tal propósito".
"Los funcionarios actuaron de manera correcta"
Lo anterior debido a que existen "contradicciones entre aquellos testigos que aseveran haber presenciado los hechos" y a que se concluye "que los funcionarios a cargo del procedimiento policial actuaron de manera correcta, sin despojarle de su vestimenta e indumentaria que, por lo demás, no era la distintiva de una machi, permitiendo incluso que le fuese proporcionado un atuendo por las mujeres presentes en el lugar consistente en un manto morado".
La Justicia estableció que "tampoco resultó demostrada la exposición de la demandante ante los medios de comunicación"; por lo que "resulta irrefutable que los argumentos de que se vale la recurrente para sustentar el arbitrio de nulidad contradicen un hecho que los sentenciadores tuvieron por cierto, relativo a la conformidad de las actuaciones de los funcionarios a cargo del procedimiento policial (...), descartando la comisión de acciones que hayan tenido por resultado la vulneración de derechos de la demandante, considerando inclusive su condición de machi del pueblo mapuche".
La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Sergio Muñoz (ver archivo adjunto).