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Justicia rechazó recurso de nulidad y confirmó condena contra Giuseppe Briganti

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Autor: Cooperativa.cl

El hombre fue sentenciado a 14 años de presidio por la muerte de dos jóvenes durante una marcha.

De todos modos su defensa aún puede recurrir ante la Corte Suprema.

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Briganti fue condenado a 14 años de presidio.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Giuseppe Briganti en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso por el doble homicidio de Exequiel Borbarán Salinas y Diego Guzmán Farías, ilícito ocurrido el 14 de mayo de 2015 en la Plaza Victoria de Valparaíso.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia del tribunal de primera instancia que condenó a Briganti Weber a 14 años de presidio mayor en su grado medio.

El sujeto percutó un disparo desde el frontis de su casa durante una marcha estudiantil desarrollada en mayo de 2015 con el que baleó a ambos jóvenes y les provocó la muerte. 

La defensa solicitaba una rebaja de dos años, pero esto fue rechazado por el tribunal de alzada.

"Según yo, la pena que tenían que darle a Giuseppe era de 10 años y un día a 12 años y 180 días, la fiscal pidió dos penas de 12 años 180 días y el tribunal aplicó una sola pena, un solo grado, por tanto es un tema que tiene que ver con la manera de cómo se aplican las atenuantes", dijo el abogado Miguel Alfaro, defensor de Briganti.

El dictamen de la Corte de Valparaíso señala que "en definitiva se trató de un solo hecho (el disparo único del condenado) que produjo dos muertes, la primera a través de un dolo directo y la segunda a través de un dolo eventual. No siendo posible aplicar entonces las normas del artículo 74 del Código Penal, al tratarse de un solo hecho y tampoco las normas del artículo 351 del Código Procesal Penal, pues tampoco estamos en presencia de una reiteración de crímenes o simples delitos, la norma aplicada por el Tribunal resulta más favorable al condenado, esto es, imponerle la pena en el rango del presidio mayor en su grado medio".

"Debe considerarse en ese análisis, que de habérsele condenado en forma separada por cada uno de los homicidios simples que cometió, la pena era por lo menos de 10 años y 1 día por cada uno de ellos, de manera que la aplicación del artículo 75 del Código Penal, le resultó más favorable. Que, además, de esta forma de aplicación está de acuerdo el propio recurrente, según consigna en su libelo", añade el dictamen.

De todos modos, la defensa de Briganti aún tiene como instancia legal la posibilidad de recurrir en un plazo de cinco días ante la Corte Suprema para poder rebajar dos años su pena.