Tenencia responsable de mascotas: Reglamento determinó como peligrosas nueve razas de perros

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Autor: Cooperativa.cl

El texto además establece que otros canes que no sean de raza puedan incluirse en la categoría.

 ATON (Referencial)

El reglamento de la ley establece varias obligaciones para los dueños de perros de "razas peligrosas".

Tras más de un año de la promulgación de la ley de tenencia responsable de mascotas -o "ley Cholito"- se publicó uno de los reglamentos de la normativa -que entre otras cosas permite la aplicación de la ley en diversos aspectos-, elaborado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere).

Según consigna La Tercera, el documento de 70 artículos estableció que nueve razas serán consideradas "potencialmente peligrosas" por sus características genéticas, cuatro de las cuales son comunes en Chile: Rottweiler, Doberman, Pitbull y Dogo Argentino.

Además entran en esta disposición otras menos conocidas como los Bullmastiff, Fila Brasileiro, Presa Canario, Presa Mallorquín y Tosa Inu.

El texto eso sí no solo se circunscribe a estas razas, pues también indicó que podrán ser considerados potencialmente peligrosos aquellos perros que tengan un gran desarrollo de masa muscular corporal y de sus músculos masticadores, o que hayan causado lesiones de distinta consideración o la muerte a una persona, o que evidencien dos o más registros de mordeduras a personas en el Registro de Animales Mordedores del Minsal.

Exigencias para dueños

Asimismo, el reglamento determina exigencias para quienes tengan este tipo de animales, como ser mayor de 18 años, además del uso obligatorio de bozal, arnés y correa para trasladar al perro y que el inmueble cuente con cercos seguros que impidan su escape.

También se exigirá que los perros participen en un curso de adiestramiento y obediencia que deberá ser costeado por su dueño, el cual también tendrá que asistir al menos a una charla sobre tenencia responsable de mascotas.

Luego de la publicación de este reglamento en el Diario Oficial se establece un plazo de 180 días para que los dueños puedan registrar a sus perros y gatos previamente chipeados en el Registro Nacional de Mascotas.

Este trámite se podrá efectuar a través del sitio www.registratumascota.cl o de forma presencial en el municipio correspondiente, cuyo plazo de vencimiento será el 22 de febrero de 2019 y quienes no cumplan la exigencia podrían recibir multas que van desde 1 a 30 UTM.

En tanto, los encargados de fiscalizar el cumplimiento de estas disposiciones serán los propios municipios.