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Corte Suprema acogió recurso de comunidad indígena de Aysén

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Autor: Cooperativa.cl

Acción fue presentada contra la Comisión Regional de Uso del Borde Costero por un grupo huilliche de Las Guaitecas.

La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (Crubc) de Aysén, y le ordenó a la presidenta de la entidad citar a sesión para votar el reclamo presentado por comunidad indígena por el rechazo de la solicitud de espacio costero marino en los sectores conocidos como Punta Ballena y Ballena Chica en el archipiélago de Las Guaitecas.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Arturo Prado y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Diego Munita- estableció el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida al rechazar sin someter a votación el reclamo deducido por la comunidad mapuche huilliche Chona Pu Wapi de Melinka, comuna de Guaitecas, Región de Aysén.

"(...) al desprenderse de los antecedentes que, en la especie, la intendenta de la Región de Aysén en su carácter de órgano ejecutivo de la Crubc resolvió la reclamación que el actor dedujo ante ésta en contra del rechazo de la solicitud de Espacio Costero Marino para Pueblos Originarios, sin haber sido aquella resolución objeto de un acuerdo por los integrantes de la Comisión, tal acto es ilegal", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "la ilegalidad referida se traduce en una discriminación arbitraria que afecta el derecho fundamental de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, porque desconoce que a la comunidad indígena recurrente debe dársele el mismo trato que al resto de las comunidades que presentan similares reclamos, quienes tienen derecho a obtener pronunciamientos de las respectivas Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero debidamente acordados por ellas, con estricto apego a la Ley".

"Lo anterior torna indispensable que se concluya el procedimiento administrativo iniciado con la solicitud de Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios, a través de un pronunciamiento válido, debidamente acordado y en el cual se expliciten las razones que lleven a la Comisión a acoger o rechazar el reclamo presentado, rigiéndose estrictamente por los requisitos establecidos en la Ley N° 20.249, por lo que se revocará la sentencia en alzada y, en su lugar, se acogerá el recurso de protección, del modo que se dirá en lo resolutivo", continúa el fallo.

Por tanto, concluye que: "Se acoge el recurso de protección deducido por Daniel Caniullan Huentel en su calidad de Lonko y como representante de la Comunidad Mapuche Huilliche Chona Pu Wapi (Las Islas) de la Isla Ascensión, Melinka, de la comuna de Las Guaitecas, y en consecuencia, se deja sin efecto el rechazo del reclamo deducido por el actor ante la Comisión Regional de Uso del Borde Costero de la Región de Aysén contra la negativa a acceder a su solicitud de Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios, y se dispone que la presidenta de la aludida Comisión deberá adoptar las medidas que sean necesarias para citar a sus miembros a una sesión a fin de llevar a cabo una votación respecto del reclamo referido".