Corte Suprema acogió recurso y ordenó cambio de sexo registral

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Autor: Cooperativa.cl

Se estableció que se vulneraron los derechos fundamentales de las personas transexuales al no haber accedido previamente a esta opción.

Calificaron como irregular que la recurrente tuviera nombre masculino y sexo femenino.

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La decisión fue tomada en un fallo dividido.

La Corte Suprema acogió un recurso de casación y ordenó cambiar el sexo registral de una persona con el fin de que corresponda a su identidad de género.

La decisión fue tomada en un fallo dividido por la Cuarta Sala del máximo tribunal, que solo había accedido anteriormente al cambio de nombre registral, tras establecer que se vulneran los derechos fundamentales de las personas transexuales al no aceptar su petición.

En el dictamen se explica que se puede conceptuar la identidad de género como "'la vivencia interna e individual del género', tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no al sexo asignado al momento del nacimiento".

"No se logró arribar a la convicción de que la peticionaria tenga la condición de transgénero, considerando, en relación con su edad actual, el tiempo considerable -10 años- por el que estuvo casada, unión de la que nacieron dos hijos, lo cual indicaría que una parte importante de su vida ha vivenciado una identidad femenina (...) la evaluación mental a la que fue sometida dicha parte, en la que concluye que la misma presenta transexualismo o disforia de género", indicaron.

"No resulta lógico concluir que, por la historia de vida que haya tenido quien efectúa la solicitud, esto es, que estuvo casada por un periodo de tiempo considerable y tuvo dos hijos, no pueda tener una condición sexual diversa a la que se condice con tal estado y relación de parentesco, teniendo en cuenta que al día de hoy, se sometió incluso a una operación quirúrgica, precisamente, para eliminar los rasgos físicos del sexo con el que nació", recordaron.

Para la Corte, "forzar a seguir viviendo una identidad sexual distinta a la verdadera o una situación tan irregular como la combinación entre un nombre masculino y un sexo registral femenino resulta, de este modo, contradictorio con la propia naturaleza humana y genera una grave afectación de la integridad psíquica, autonomía y dignidad de la persona".