Las clínicas privadas pueden ser objetoras de conciencia, pese a convenios con el Estado
El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento presentado por Chile Vamos.
Esto deja sin efecto la posición fijada por la Contraloría.
El Hospital Parroquial de San Bernardo es uno de los seis recintos que reciben recursos del Estado pero que podrán hacer uso de la objeción de conciencia.
El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento presentado por Chile Vamos respecto al reglamento de aplicación de la ley que despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales.
El TC revirtió el pronunciamiento que había hecho la Contraloría, y determinó que las clínicas privadas pueden negarse a realizar abortos pese a que mantengan convenios con el Estado.
AHORA: Tribunal Constitucional @tcchile2018 acoge requerimiento de Chile Vamos y declara inconstitucional el reglamento de objeción de conciencia de la ley de aborto en 3 causales, nos informa @Aguillonismo en #SomosCooperativa pic.twitter.com/w9zo37acHa
— Mauricio Bustamante (@tv_mauricio) 6 de diciembre de 2018
Chile Vamos gana la objeción de Conciencia en el aborto para las clínicas q reciben recursos del estado, el reglamento se queda como lo definió el ministro Santelices @Cooperativa
— Paola Aguillón (@Aguillonismo) 6 de diciembre de 2018
Según el informe inicial del Ministerio de Salud eran 87, pero finalmente son seis los casos concretos en que existe un convenio con el Estado, se reciben recursos y donde la Contraloría las había dejado fuera de la objeción de conciencia.
Las seis instituciones involucradas son la Clínica Oncológica Arturo López Pérez, el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, el Parroquial de San Bernardo, el Hospital San Francisco de Pucón, el Hospital Padre Bernabé de la Lucerna de Panguipulli y la Clínica de Puerto Varas.
Revés para Contraloría
La Contraloría fue la única que defendió los argumentos porque el Gobierno no asistió a los alegatos.
La Moneda había decidido no alegar y cuando envió el documento de 80 páginas se cuadró con los argumentos de los parlamentarios del oficialismo de que el principio de objeción de conciencia está por sobre cualquier otra cosa y es un derecho constitucional.
Desde el Ministerio de Salud, emitieron un comunicado en que aseguran que ya tomaron "conocimiento de la votación del Tribunal Constitucional (TC), en la cual acoge los requerimientos de inconstitucionalidad recaídos sobre el reglamento que regula la objeción de conciencia en materia de interrupción voluntaria del embarazo".
Según la declaración, el escrito presentado por Chile Vamos buscaba que el TC declarara inconstitucional el artículo que "fue incorporado al documento en virtud de los dictámenes Nº 11.781 y 24.216 de la Contraloría General de la República".
"Como es de público conocimiento, los dictámenes del organismo contralor son mandatorios para los funcionarios públicos. En consecuencia, este Ministerio se vio en la obligación de seguir lo indicado y añadir la señalada norma dentro del reglamento", asegura la comunicación.
"Este Ministerio acatará el fallo, de manera que una vez conocida la sentencia, adoptará todas las medidas que sean necesarias para implementar lo resuelto", finalizaron.
La votación fue de ocho contra dos para autorizar la objeción de conciencia de las clínicas.