Choque de poderes: TC afirma que la Corte Suprema no puede revisar sus fallos
El máximo tribunal declaró admisible un recurso de protección contra el Tribunal Constitucional.
TC afirma que el Poder Judicial no tiene jurisdicción sobre sus determinaciones.
La tercera sala de la Corte Suprema desata un nuevo conflicto entre ambos tribunales.
Un enfrentamiento de alto intensidad está en ciernes, luego de que la Corte Suprema declarara admisible un recurso de protección en contra del Tribunal Constitucional (TC).
La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió una acción judicial por parte de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile que busca anular una decisión del TC que había echado abajo un fallo de la Cuarta Sala que acogía las demandas de tutelas de funcionarios de la administración pública, publicó La Tercera PM.
Según el TC, que respondió un informe solicitado por la Corte de Apelaciones de Santiago, sus sentencias no pueden ser revisadas por el Poder Judicial.
"No cabe sino concluir que su señoría ilustrísima carece de jurisdicción para entrar a revisar los fundamentos o contenidos de la sentencia que se pronunció sobre la inaplicabilidad de los preceptos legales impugnados en el proceso constitucional ventilado ante este órgano, dotado de competencia exclusiva y excluyente en la materia", señala el TC.
"Resulta del todo evidente que la acción constitucional de protección no puede ejercerse para invalidar sentencias del TC en materia de su ámbito privativo, sin quebrantar las bases mismas de la institucionalidad, consagradas en el capítulo I de la Carta Fundamental", añade el organismo presidido por Iván Aróstica.
"(La Constitución) reconoce a todos los órganos del Estado competencias muy definidas y no otorga sino más bien excluye taxativamente de la superintendencia de la Corte Suprema sobre todo en los tribunales de la Nación a este Tribunal Constitucional", recalca la entidad.
En esta misma línea, el abogado y académico Juan Carlos Manríquez señaló que "el presidente del TC tiene razón, porque sus decisiones son actos jurisdiccionales, pero de la magistratura constitucional; no pertenecen a la Justicia ordinaria. Son un sistema jurídico distinto y separado del sistema judicial cuya directiva correccional, económica y administrativa le corresponde a la Corte Suprema".
Esta tensión se suma a la molestia manifestada por el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, quien durante la inauguración del año judicial criticó las potestades del TC por la paralización de varias causas de derechos humanos y pidió revisar sus límites.
Tras esto, el Presidente Sebastián Piñera anunció que durante este año se presentará ante el Congreso una reforma al TC, en el marco de la modernización del Estado, aunque esto no es una prioridad legislativa para 2019.
Abogado: No vislumbro un choque de poderes, sino una diferencia institucional
Para el abogado y académico de la U. de Chile Gabriel Zaliasnik esta controversia responde a diferencias institucionales y no a un "choque de poderes".
"Esto que se describió como un choque de trenes podríamos decir que es una suerte de choque de visiones un poquito políticas, de reivindicaciones", dijo el jurista.
"Que el presidente Brito plantee la preocupación o la inquietud frente a ese tipo de decisiones que a veces pueda optar el Tribunal Constitucional pidiendo que se respeten los actos de cada uno, denota en una forma institucional una inquietud, pero no vislumbro, como tal, una cosa tan cataclísmica como un verdadero choque de competencias entre ambas instancia, que son ámbitos distintos".