Recintos públicos como hoteles y cines deberán tener desfibriladores
Centros educacionales y deportivos, terminales y centros comerciales, entre otros, deberán contar con estos aparatos.
El Minsal prevé que una "gran capacitación" será necesaria para implementar la medida.
La Cámara de Diputados despachó una nueva iniciativa que obliga a recintos públicos a disponer de desfibriladores en caso de emergencia.
La normativa se deberá cumplir en establecimientos educacionales; centros deportivos; terminales aéreos y terrestres; centros comerciales; casinos; hoteles; centros de eventos; cines; teatros; parques de diversión y recintos de salud, según publicó El Mercurio.
Tal como otros elementos de emergencia, la ubicación de estos aparatos "deberá estar debidamente señalizada y su acceso deberá ser expedito y libre de obstáculos para su uso cuando sea requerido", según la ley.
Se espera que las características reglamentarias de los desfibriladores aparezcan en una instrucción oficial, al igual que los plazos de la implementación de la norma cuando sea promulgada.
"Para poder implementar la norma vamos a necesitar hacer una gran capacitación a lo largo de Chile, en aquellos lugares donde hay presencia de personas que puedan llevar a cabo no solo reanimación cardiopulmonar, sino el uso de desfibriladores", dijo al matutino la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza.