Asesor jurídico de Valparaíso por toque de queda: "El proyecto de ordenanza es inconstitucional"
El abogado Nicolás Guzmán abrió un hilo en Twitter explicando por qué la iniciativa quilpueína va contra la Constitución Política.
Declaraciones surgen tras intervención de alcalde de Quilpué ante Concejo Municipal porteño.
La iniciativa busca restringir horarios para que menores circulen por la calle.
A través de su cuenta de Twitter, el asesor jurídico de la Municipalidad de Valparaíso, Nicolás Guzmán, acusó de inconstitucional la ordenanza que busca implementar el municipio de Quilpué, para crear un toque de queda para menores de 14 años.
Las declaraciones de Guzmán se dan luego que el alcalde quilpueíno, Mauricio Viñambres, fuera invitado por los concejales porteños Luis Soto y Carlos Bannen -ambos UDI- a exponer la idea ante la comisión mixta de educación-seguridad del Concejo Municipal de Valparaíso, según consigna El Mercurio de Valparaíso.
"Constituyen afectaciones de Derechos Fundamentales aquellas situaciones jurídicas o materiales de detrimento en la posición jurídica o fáctica amparada por el contenido protectivo del respectivo derecho", dijo Guzmán.
Agregó que "las afectaciones que no son amparadas por el Ordenamiento Jurídico se denominan 'lesiones de derechos fundamentales'".
Continuó citando a la Constitución Política de la República, cuyo numeral 7 del artículo 19 "asegura a todas las personas la libertad personal y la seguridad individual. La libertad personal se traduce en la posibilidad de permanecer en un lugar desplazarse sin ninguna traba, salvo limitaciones legales".
(4) La CPR en el numeral 7 del artículo 19 asegura a todas las personas la libertad personal y la seguridad individual. La libertad personal se traduce en la posibilidad de permanecer en un lugar desplazarse sin ninguna traba, salvo limitaciones LEGALES.
— Nicolás Guzmán (@NicoGuz) 8 de junio de 2019
Por lo tanto, asegura que "la libertad personal es esencial para el ejercicio de otros derechos fundamentales: reunión, asociación, culto. Sólo mediante una ley se puede regular el ejercicio de la libertad personal, imperando el principio de reserva legal con calidad absoluta, quedando excluida la potestad reglamentaria (incluida la municipal a través de ordenanza)".
En ese sentido, Guzmán sostiene que "en consecuencia, el proyecto de ordenanza es inconstitucional. Finalmente, el hecho de promover una consulta sobre un proyecto de ordenanza inconstitucional podría afectar los principios de eficacia y eficiencia, generando un gasto innecesario para la administración".
(8) En consecuencia, el proyecto de ordenanza es inconstitucional.
— Nicolás Guzmán (@NicoGuz) 8 de junio de 2019