Corte bajó multa a Municipalidad de Lo Prado por discriminación contra Joane Florvil
El tribunal de alzada ratificó la sentencia contra la alcaldía, pero disminuyó la sanción económica a sólo 250 mil pesos.
La familia de la mujer haitiana fallecida en 2017 está conforme con la actuación de la Justicia, y ahora evalúa pedir indemnización.
La mujer haitiana fue acusada por el municipio de haber abandonado a su hija en 2017.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena impuesta a la Municipalidad de Lo Prado por discriminación contra Joane Florvil, la mujer haitiana que falleció en 2017 luego de ser detenida tras haber sido acusada de abandonar a su pequeña hija en dependencias del municipio.
En enero pasado, el Quinto Juzgado Civil de Santiago falló parcialmente a favor de la demanda por discriminación interpuesta por la familia de Florvil en contra de la alcaldía y le impuso una multa de 20 unidades tributarias mensuales (UTM), alrededor de un millón de pesos.
Y tras la apelación del municipio, el tribunal de alzada -en votación dividida-, resolvió que considerando que "los guardias de seguridad de la municipalidad demandada detentan la calidad de subcontratados y no son funcionarios de dicho organismo, se confirma la sentencia apelada", pero -especifica- "con declaración de que se rebaja el monto a pagar por concepto de multa, al equivalente a 5 UTM (cerca de 250 mil pesos)", publica hoy El Mercurio.
El libelo presentado por la familia apuntaba a lo ocurrido el 30 de agosto de 2017, cuando Florvil acudió al Departamento de Prevención y Promoción Comunitaria del municipio para pedir ayuda luego de que su marido sufrió un robo.
La mujer no hablaba español, y mientras iba a buscar a un traductor, dejó a la pequeña con un guardia. Luego la Municipalidad informó la situación a Carabineros, lo que desembocó en la detención de Florvil por presunto abandono y el traslado de la niña al Sename. Esa misma noche la mujer presentó problemas de salud y fue internada en la ex Posta Central, donde un mes después falleció y en noviembre la justicia declaró su inocencia póstuma.
En su fallo, la Corte dispone también que el Sename lleve a cabo una capacitación de interculturalidad y de derechos de los migrantes en toda su red y en los organismos colaboradores.
Familia está conforme y analiza exigir indemnizaciones
Con la ratificación de la sentencia, la abogada Daniela Gómez, representante de la familia Florvil, apuntó que "también se nos abre la puerta para exigir algún tipo de indemnización por el daño causado a la familia de Joane", lo cual está siendo analizado.
En tanto, "sí expresamos la conformidad que se siente al respecto", en el sentido de que su intención es que "la sentencia sea ilustrativa y ejemplificadora para el Estado".
Misma línea en la que el abogado Juan Pablo Olmedo, mandatario de la familia, destacó que "la intervención del Poder Judicial en función de la acción de no discriminación que consagra la Ley 20.609 ha resultado eficaz para disponer una medida de reparación inédita de capacitación de funcionarios de ese municipio que dignifica el nombre de Joane Florvil y su familia".
"Ante la fragilidad estatal de protección de la comunidad migrantes y frente al compromiso del programa de Gobierno del Presidente Sebastián Piñera de perfeccionar la ley, tal medida de reparación debe servir de insumo para mejorar los programa y directrices del Sename y ser incorporada en el Plan Nacional de Derechos Humanos", conluyó.