Contraloría responde a ordenanza de municipio: Vecinos sí pueden cuidar a animales callejeros

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Autor: Cooperativa.cl

Un dictamen del organismo recalcó que no se le puede prohibir a la comunidad ir en cuidado de estos animales.

Así, echó por tierra la prohibición que instauró Municipalidad de San José del Maipo.

 ATON (Archivo) /Referencial

El alcance de esta resolución se hace extensiva a todos los municipios del país.

Los vecinos de una comuna podrán alimentar a animales callejeros y brindarles refugio, de acuerdo a un dictamente de la Contraloría General de la República. 

La resolución en cuestión ordenó a la Municipalidad de San José del Maipo modificar una ordenanza que "prohibía la alimentación, provisión de aguas e instalación de casuchas para animales en la vía pública" de perros y gatos.

Según Contraloría, la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía "reguló expresamente la situación de los animales que se encuentren abandonados o perdidos, en particular, la de perros y gatos, permitiendo respecto de los primeros, que aun careciendo de dueño puedan ser alimentados y cuidados por la comunidad, sin establecer como prohibida (esta) conducta por parte de los vecinos, y respecto de los segundos (felinos), la posibilidad de monitorearlos por la entidad edilicia, sin que se impida la provisión de cuidados por parte de la población".

El documento señala que, con su actuar, "el legislador no solo ha permitido que puedan cuidar a los animales abandonados o perdidos, sin que por ello se establezca una sanción, sino además, ha prohibido y penalizado su abandono".

Finalmente, la Contraloría recalca que, aunque este dictamen se entregó a propósito de una situación particular, el alcance de esta resolución se hace extensiva a todos los municipios del país.