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Corte ordena a banco eliminar de registro financiero deuda CAE que no está vencida

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Autor: Cooperativa.cl

El tribunal de alzada de Rancagua acogió el recurso de protección presentado por la afectada, debido a que se vulneraron los derechos de protección a la vida privada.

La implicada cuenta con plazo hasta el 2021 para cancelar la primera cuota del crédito.

Entidad bancaria había informado la mora al Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras.

 ATON (Referencial)

La Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó al Banco del Estado, sacar del registro llevado por el Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras a una mujer por concepto de deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE).

El tribunal de alzada acogió el recurso de protección presentado por Javiera Escalante, puesto que, según se consigna en el fallo, el banco "al informar una deuda no vencida se ha actuado ilegalmente, infringiendo los artículos 9 y 17 de la Ley N°19.628, vulnerándose con ello el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, toda vez que no se ha respetado su derecho constitucional de la protección a la vida privada, razón por la cual el recurso será acogido".

La situación quedó al descubierto para la implicada, luego de que intentara sacar una tarjeta de cuenta corriente en otra entidad bancaria, acción que finalmente no pudo realizar, debido a que aparece con mora en el Sistema Nacional de Comunicaciones Financieras.

Según estableció la Corte, la afectada cuenta con una deuda CAE, la cual, su primera cuota, vence recién en octubre de 2021.