Colegio Médico aplicó sanción ética a Otto Dörr por hechos ligados a la Colonia Dignidad
El Premio Nacional de Medicina atribuyó, en 1997, las violaciones de niños cometidas por Paul Schäfer a su homosexualidad.
Además, evitó que un colono fugado pudiera declarar ante la justicia, lo que lo llevó a "continuar con una vida de esclavitud y abusos hasta su muerte", dice la sentencia.
El Tribunal Nacional de Ética del Colegio Médico sancionó a Dörr, de forma unánime, con una amonestación.
El Colegio Médico acogió una denuncia presentada por Winfried Hempel Malessa, abogado y víctima de la ex Colonia Dignidad, y sancionó al Premio Nacional de Medicina 2018, Otto Dörr, por una serie de actuaciones ligadas al enclave ubicado en la comuna de Parral, en la provincia de Linares, Región del Maule.
Hempel concurrió a la asociación gremial haciendo presente la cercanía de Dörr con los jerarcas de Villa Baviera -lo ubicó dentro de su "círculo de hierro"-, y su defensa pública de la organización durante la década de los 90, cuando comenzaron a conocerse los hechos más graves de pederastia y esclavitud cometidos bajo el mando de Paul Schäfer.
En la sentencia, de 78 páginas, el Colegio Médico indica que su pronunciamiento sólo se aboca a los hechos ligados al "ejercicio de la profesión de médico cirujano" de Otto Dörr y a "su condición de docente universitario en psiquiatría".
"Por consiguiente, aquellas imputaciones consistentes en haber defendido en forma irracional la existencia de la ex Colonia Dignidad, a pesar de los crímenes horrorosos que allí se perpetraron y que no podía desconocer, dada su relevancia pública; de haber defendido a Paul Scháfer, líder del referido enclave; de haber sostenido públicamente que las madres de los menores sustraídos y abusados habrían actuado por estímulos económicos; de justificar el régimen de esclavitud de los colonos en ese recinto; de negar los hechos delictivos allí cometidos a pesar de lo consignado por el Informe Rettig a este respecto, entre otras del mismo tenor, si bien son conductas que pueden ser enjuiciadas desde el punto de vista de la ética general, escapan, sin embargo, al ámbito de aplicación de la ética médica", indica el escrito.
Atribuyó pederastia de Schäfer a la homosexualidad
En este contexto, la orden sólo consideró hechos sancionables por su Tribunal Ético "la relación que habría efectuado entre pederastia y homosexualidad y la falta (...) que se le atribuye en la atención del colono Karl Stricker".
En cuanto a la primera de las conductas referidas, se apunta que en 1997, en declaraciones a la Revista Ercilla, al ser consultado sobre las violaciones de niños por parte de Paul Schäfer -entonces prófugo de la justicia chilena-, Otto Dörr respondió: "Lo único que le puedo decir es que en una comunidad de trescientas personas, de la cual unos ciento cincuenta son varones, que haya un homosexual, es muy bajo. La estadística dice que existe un 4% como nivel común".
"De lo precedentemente expuesto", anota la sentencia, "se colige que el denunciado (Dörr) ha efectuado una vinculación o relación entre una conducta delictiva -la violación de menores- y la homosexualidad", lo que "resulta infamante para quienes poseen esta orientación sexual y afecta el prestigio de la Medicina, cuando quien profiere este aserto es un miembro de esa profesión y, particularmente, como ocurre en este caso, un reconocido académico del ámbito de la salud mental".
"Establecer esta asociación, discriminatoria y errónea, es lesivo a lo preceptuado en el artículo 7° del Código de Ética", indica, y agrega "es el propio denunciado quien reconoce en su contestación su yerro, al señalar que "considera un gran error de su parte haber llamado a Paul Scháfer homosexual, cuando los cargos que se le hacían y por los cuales estaba siendo condenado eran de una grave pedofilia".
"Resulta pertinente aclarar que lo que se le imputaba a Schäfer no era pedofilia o trastorno pedófilo, sino lisa y llanamente delitos de violación de menores, es decir, conductas pederastas de las más graves que contempla nuestro ordenamiento jurídico. Así las cosas, la vinculación que se colige de sus declaraciones -aún cuando haya sido por error, como sostiene el denunciado- entre violación de menores y homosexualidad, afecta el prestigio de la Medicina", insiste la sentencia.
Contribuyó a que colono "continuara vida de esclavitud y abusos hasta su muerte"
La segunda "conducta relevante desde el punto de vista de la ética profesional" que mereció la sanción a Dörr se relaciona con la atención profesional que brindó al colono Karl Albert Stricker Bahlke, quien en enero de 1996 logró huir de la Villa Baviera y manifestó a las autoridades su "mucho temor de volver", por la "falta gravísima" cometida en su escape.
El fallo consigna que, en este caso, "sin lugar a dudas hubo constantes maniobras dilatorias por parte de personeros de Colonia Dignidad -Hartmut Hopp, principalmente- tendientes a evitar que el Sr. Stricker compareciera ante el Tribunal de Parral o fuera atendido por otro médico psiquiatra, como ordenó el juez, en numerosas oportunidades".
Fue Otto Dörr quien "atendió al Sr. Stricker y emitió el certificado que desaconsejaba su presentación ante el tribunal de Parral"; esto en una época en que la Colonia Dignidad llevaba, a lo menos, cinco años de fuertes cuestionamientos.
En este sentido, "un profesional prudente debía adoptar los resguardos necesarios en la atención de un paciente proveniente de una institución tan controvertida", por lo que "constituye una falta de diligencia de parte del Dr. Otto Dórr Zegers emitir un certificado para eximir al Sr. Stricker de comparecer en un juicio iniciado por denuncia del Gobernador de Ñuble, con el objeto de resguardar la integridad física y psíquica del propio Stricker, cuya autonomía y libertad estaba siendo fuertemente vulnerada al interior de Colonia Dignidad, pero sin haber indagado los motivos de tal citación, tal como reconoció el Dr. Dórr en su declaración ante este Tribunal".
Para el Colegio Médico, "poseyendo el Dr. Otto Dörr Zegers los conocimientos, no los aplicó adecuadamente en la atención del Sr. Stricker", y "resulta pertinente" preguntarse "si Karl Stricker fue atendido por el Dr. Dórr por petición propia o de personeros de la Colonia".
"El nivel de cuidado que el Dr. Dórr debió emplear en la atención del Sr. Stricker, considerando especialmente el entorno en que se desenvolvía -el que era conocido por el denunciado- debió ser mayor, y, sin embargo, no lo hizo, con el consiguiente perjuicio para el paciente, quien, en definitiva, con el certificado emitido por el Dr. Dörr, fue impedido de concurrir al tribunal y de realizarse los exámenes siquiátricos ordenados por el juez, continuando con una vida de esclavitud y abusos hasta su muerte".
Unánime
Bajo estas consideraciones, la unanimidad de los miembros del Tribunal Nacional de Ética estimó que Otto Dörr Zegers infringió, con su actuar, las disposiciones contenidas en los artículos 7° y 22 del Código de Ética del Colegio Médico de Chile.
"Por estas consideraciones, normas éticas invocadas (...) se sanciona al Dr. Otto Dörr Zegers con la pena prevista en la letra a) del artículo 77 y artículo 78 del Código de Ética del Colegio Médico de Chile, esto es amonestación", se indica, consignando que los doctores Rodrigo Salinas Ríos (presidente) y Juan Toro Gallardo, miembros del Tribunal, "estuvieron por aplicar al denunciado la pena de censura".