Corte Suprema acogió demanda de la Municipalidad de Quintero contra ENAP
El máximo tribunal determinó que la compañía es responsable del daño ambiental provocado por un derrame de hidrocarburos ocurrido en 2014.
Se le ordenó fortalecer las medidas de monitoreo y hacer un "completo análisis de los riesgos" de la descarga de combustibles.
El máximo tribunal acogió un recurso de casación y una demanda de reparación de daño ambiental presentada por el Municipio.
La Corte Suprema acogió este jueves un recurso de casación y una demanda de reparación de daño ambiental presentada por la Municipalidad de Quintero en contra de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por derrame de hidrocarburos en la bahía de esa comuna.
En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal determinó que la empresa es responsable del daño que produjo el rompimiento de una cañería de transporte de hidrocarburos por el buque "Mimosa" y que provocó el vertimiento de 37.800 litros de combustible el 24 de septiembre del 2014.
Todo esto "en cuanto se declara que la demandada ha causado en la bahía de Quintero un daño ambiental significativo en los componentes columna de agua, fondo marino, biota acuática, fauna costera y playas, en los términos expuestos en el cuerpo de la presente decisión".
Mantiene una cautelar y agrega otras dos
Por lo tanto, se mantuvo la medida cautelar innovativa decretada en marzo del 2018, que emplaza a ENAP a realizar "un completo análisis" de los riesgos de descargar combustibles en un plazo de 90 días hábiles, trabajo que supervisará y eventualmente podrá aprobar el Ministerio del Medio Ambiente.
Asimismo, la empresa está obligada a implementar un programa de monitoreo específico para hidrocarburos con límites más bajos que los actuales, al igual que un sistema de control y monitoreo que permita realizar un seguimiento y adoptar medidas de contingencia en caso de un derrame de cualquier sustancia, todo en el plazo máximo de un año.
La compañía también deberá colaborar con la Conaf en una iniciativa que identifique, cuantifique y preserve las condiciones de desarrollo del pingüino de Humboldt, gaviotín chico, chungungos y otra flora, fauna y biota afectadas por el derrame que se le imputó.
"Los resultados de las medidas cautelares innovativas deberán ser reportadas con una periodicidad bimensual al Ministerio de Medio Ambiente, con copia al Segundo Tribunal Ambiental, de modo de conocer los avances de las medidas decretadas", puntualiza el fallo.
El detalle de la resolución
En primer lugar, la resolución destaca que hubo daños en la fauna y la biótica de la bahía de Quintero, debido a que "se recolectaron 48 ejemplares de fauna afectada, de los cuales 35 fallecieron, con señales de intoxicación por hidrocarburos".
Un gaviotín chico, especie que se encuentra en peligro de extinción, falleció producto de este derrame, mientras que 13 pingüinos de Humboldt y un chungungo (Lontra felina), ambos animales en estado vulnerable, resultaron afectados.
También se determinó el impacto del derrame en la biota acuática mediante la extracción de recursos bentónicos en las labores de limpieza, durante las cuales se dio la extracción de "300 toneladas de residuos, que incluían peces, invertebrados y algas del sector".
Por último, el máximo tribunal ratificó efectos adversos en los habitantes de los sectores aledaños, debido a las prohibiciones de la autoridad marítima de extraer, distribuir y consumir productos del mar, y de la autoridad sanitaria de ingresar a las playas para el baño, lo que causó pérdidas económicas tanto al sector pesquero como al turismo de la zona.