Frei Montalva: Fiscal recomendó recalificar el crimen como homicidio calificado
Jorge Norambuena informó que los condenados deberían tener penas de 20 años.
Además, considera que se deben rechazar los recursos de los acusados.
El crimen de Frei Montalva fue un delito de lesa humanidad, se lee en el informe judicial.
El fiscal judicial que informa a la Corte de Apelaciones de Santiago sobre el fallo de primera instancia por el crimen del ex Presidente Eduardo Frei Montalva recomendó recalificar el delito y considerarlo un homicidio calificado.
Por ello, Jorge Norambuena estima que los seis condenados por el juez Alejandro Madrid deberían servir penas mayores, de 20 años de presidio.
Las defensas presentaron cuatro recursos de casación y seis de apelación, lo que el fiscal estima deben ser descartados.
Según el documento, reporta La Tercera, se recomienda "revocar la sentencia en alza, en cuanto califica los hechos, como constitutivos de un delito de homicidio simple y distingue la participación de los sentenciados, en autores, cómplices y encubridores, declarando en su lugar, que todos ellos tienen participación en calidad de autores mediatos, en el delito de homicidio calificado".
Se trata de una opinión no vinculante, pero que repasa para los ministros de la corte los argumentos que el juez Madrid plasmó en las 811 páginas de su fallo de enero pasado.
"Se mató a otro por medio de veneno y con premeditación conocida, al ex Presidente de la República don Eduardo Frei Montalva, perpetrado en la Clínica Santa María de la ciudad de Santiago, el día 22 de enero de 1982, condenando a todos y cada uno de los sentenciados -salvo el fallecido- a la pena privativa de libertad de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, con las accesorias legales que correspondan", agrega.
Esto, porque -agrega el fiscal- "se trató de una operación de inteligencia planificada por varios sujetos activos, y destinada a matar a un ex Presidente de la República, que implicó no sólo confidencialidad, sino que también asignación de roles y concierto previo para cometer el crimen, por lo que no es posible realizar ninguna distinción entre los sentenciados".
"Del mérito de la prueba y de los hechos que asienta el fallo, es posible establecer que se trató de una operación de inteligencia ordenada desde la más alta autoridad del régimen de facto, y dirigida por los agentes de la CNI, ente ilícito que constituyó el instrumento idóneo utilizado para perpetrar el crimen de lesa humanidad", resume sobre el crimen.
El informe pasará a manos de una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que en los próximos meses deberá llamar a alegatos a ambas partes.
Familia Frei: "Se acerca a nuestra proposición, de que existe homicidio calificado"
El informe va en línea con lo planteado por los querellantes, por lo que el abogado de la familia Frei, Nelson Caucoto, destacó la importancia de esta resolución.
"Para nosotros es importante, porque así como para algunos -que son los abogados defensores- aquí no hay delito, como para el ministro (Alejandro Madrid) aquí hay un homicidio simple, y nosotros sosteníamos que había un homicidio calificado, qué bueno que haya una voz dentro del Poder Judicial que se acerca a nuestra proposición, de que existe homicidio calificado", aseveró.
El jurista sostuvo que esto "indudablemente nos da posibilidades de que podamos mantener nuestra postura ante la Corte de Apelaciones y ante la Corte Suprema en su oportunidad".
En su resolución, tras 19 años de investigación, el magistrado Alejandro Madrid sentenció al fallecido Patricio Silva a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del homicidio.
Además, recibieron condenas Raúl Lillo y Luis Becerra -7 años de presidio mayor en su grado mínimo como coautores-, Pedro Valdivia -5 años de presidio menor en su grado máximo como cómplice-, y Helmar Rosenberg y Sergio González –3 años como encubridores-.