Fisco deberá indemnizar a profesional que perdió un ojo por impacto de balín disparado por Carabineros

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Autor: Cooperativa.cl

El hecho ocurrió en una manifestación estudiantil en la Estación Mapocho en abril de 2013.

Deberán pagar más de 60 millones de pesos a un arquitecto afectado por un disparo en el ojo derecho.

 ATON (Referencial)

Este hecho derivó en la suspensión del uso de este tipo de balines en manifestaciones.

El Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a indemnizar a un arquitecto que perdió su ojo derecho por el impacto de un balín de pintura disparado por Carabineros en durante marcha estudiantil en abril de 2013.

En el fallo de la magistrada Jacqueline Benquis se estableció que existió actuar negligente por parte del personal de Fuerzas Especiales al disolver la manifestación en la Estación Mapocho.

Al menos tres personas resultaron heridas por este tipo de proyectiles en aquella ocasión, lo que derivó en la suspensión del uso de este tipo de balines en las marchas y en la presentación de una serie de querellas.

"El día 11 de abril de 2013, en lugar donde se efectuaba la marcha estudiantil de secundarios, universitarios, Colegio de Profesores y otras agrupaciones, cientos de personas se encontraban entre las calles aledañas a la Estación Mapocho, tales como Bandera, Aillavilú, General Mackenna y San Pablo. Dentro de los asistentes se encontraba el señor Enrique Eichin, de 58 años, arquitecto, en compañía de su pareja e hija", detalla el fallo.

En el texto se explica que mientras se encontraba en las cercanías de un escenario "comienzan a acercarse a los manifestantes un grupo o piquete de Carabineros portando armas a balines en dirección al sector donde se encontraba el actor atendido a algunas personas trataron de traspasar las barreras de contención, comenzando a disparar sus pistolas de paint ball en contra de los manifestantes, dirigiéndose uno de estos balines en el ojo derecho del actor".

Esta situación "no se condice con la actividad de resguardo que pesa sobre el órgano central, como responsable último de la administración de las fuerzas de que dispone para regular la convivencia social y el cuidado de las personas que aún en potencia puedan verse expuestas a esa regulación, actuando de forma desmedida en el uso de los recursos policiales".

"Es dable tener por cumplido un actuar por parte de Carabineros de Chile, de tipo deficiente al haber utilizado medios de disuasión y repelencia de violencia en contra de una persona que se encontraba de asistente sin que haya demostrado este un actuar contrario al orden público y seguridad de las personas participantes", se indica en el texto.

Se condenó a Carabineros a pagar 50 millones de pesos por daño moral, tres millones de pesos por daño emergente y 10 millones de pesos por lucro cesante.