Hombre que mató de un escopetazo en el rostro a su pareja pasará 12 años en la cárcel
Vladimir Rojas Castillo fue condenado por el homicidio de Thiare Castro Cáceres, ocurrido el año pasado en Ovalle.
La Justicia no creyó su versión sobre el supuesto carácter "accidental" del hecho.
Rojas no fue condenado por delito de femicidio debido a no se acreditó convivencia: la víctima sólo dormía algunos días en su casa.
El Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle condenó a la pena efectiva de 12 años y seis meses de presidio a Vladimir Enrique Rojas Castillo en calidad de autor del delito de homicidio simple, ocurrido en el sector de Lagunillas de la mencionada comuna.
En el juicio se estableció que Rojas, aproximadamente a las 02:30 de la madrugada del 11 de agosto de 2019, disparó a corta distancia a la cara de Thiare Fahirut Castro Cáceres, quien falleció de forma instantánea producto de las heridas.
El arma homicida fue una escopeta Maverick calibre 12 de propiedad del condenado, quien tenía una relación sentimental con Castro, quien pernoctaba algunos días de la semana en su casa.
El juez redactor de la sentencia, Rubén Bustos, explicó que se desechó la teoría de la defensa de Rojas Castillo respecto a un supuesto hecho "accidental".
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— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) 26 de febrero de 2020
"Su tesis no pudo ser sostenida en el tiempo, su versión fue contradictoria y no logró generar en el tribunal ninguna duda razonable respecto de su participación en los hechos que se le acusaron", indicó el magistrado.
Bustos agregó que "las pruebas presentadas fueron contundentes, donde se estableció la relación sentimental que ligaba a Rojas Castillo a la víctima y que la comisión del delito fue con dolo directo. Es por eso que este tribunal ha decidido por unanimidad condenar al sentenciado a una pena efectiva".
Rojas no fue condenado por delito de femicidio debido a no se acreditó convivencia. Como se indicó, la víctima sólo dormía algunos días en su casa. La Ley Gabriela, recientemente aprobada por el Congreso, cambia la tipificación del femicidio y permite invocarlo en casos de pololeo, sin necesidad de convivencia o de unión legal.