Corte confirmó procesamiento a dos militares en retiro por torturas en La Serena en 1973
Ariosto Lapostol y Mario Larenas fueron condenado por su responsabilidad en la aplicación de tormentos a 25 personas.
Defensa de Lapostol señaló que éste sufre de demencia senil.
Fallo de la Segunda Sala del tribunal de alzada fue dividido
En un fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la resolución dictada en febrero de 2019 por el ministro en visita extraordinario para causas por violaciones a los Derechos Humanos, Vicente Hormazábal, que sometió a los militares en retiro proceso a Ariosto Lapostol y Mario Larenas como autores del delito de aplicación de tormentos a detenidos en el Regimiento Arica en 1973.
El fallo establece, respecto a la apelación deducida por la defensa de Lapostol Orrego, que "es dable concluir que se encuentra justificada la existencia del delito en carácter de reiterado (…) emergen presunciones fundadas para considerar, por ahora, que el inculpado ha tenido la participación culpable y penada por la ley que se le asigna".
En relación a la apelación deducida por la defensa de Larenas Carmona, se desprende que "a virtud de las consideraciones efectuadas por el ministro instructor (…) resulta justificado, por ahora, mantener el auto de procesamiento que pesa sobre en encausado".
Torturas aplicadas a 25 detenidos
La Segunda Sala del tribunal de alzada de La Serena, a partir de los antecedentes reunidos por el ministro Hormazábal, dio por establecido que al interior del Regimiento Arica -hoy Regimiento de Infantería 21 "Coquimbo"-, la Sección II, que hasta antes del 11 de septiembre de 1973 era comandada por el capitán Polanco Gallardo, participara en las investigaciones, interrogatorios y torturas a los detenidos.
La Sección II, durante la ausencia del capitán Polanco, entre el 10 de septiembre y el 25 de noviembre de 1973, estuvo al mando del comandante del Regimiento Ariosto Lapostol. Periodo en el cual el ministro en visita lo sindica como responsable de las torturas aplicadas a 24 detenidos, y a Larenas Carmona, a uno.
La Corte de Apelaciones consignó que la defensa de Lapostol Orrego señaló que "(…) en la apelación que el encausado sufriría actualmente de demencia senil, la defensa aportará mayores antecedentes sobre tal situación, sin perjuicio de las medidas y diligencias que en torno a ello decrete el juez de la causa".