En mayo comienza la opción de congelar los fondos al iniciar el trámite de jubilación

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Autor: Cooperativa.cl

La Superintendencia de Pensiones estima que la normativa beneficiará a cerca de 150 mil personas.

El objetivo es evitar que sus recursos se vean afectados por las variaciones en la rentabilidad de las inversiones.

La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió este martes una norma para permitir, desde el 1 de mayo, que quienes se encuentren en trámite de pensión puedan transferir sus ahorros previsionales hacia una cuenta corriente de los fondos de pensiones.

El objetivo es evitar que sus recursos se vean afectados por las variaciones en la rentabilidad de las inversiones, permitiendo a la persona acogerse a esta opción en cualquier momento del trámite de su pensión.

Según los datos de la SP, en 2019 se pensionaron 123.939 personas por vejez, otras 12.089 por invalidez y 21.428 por sobrevivencia.

Al cierre del primer trimestre de 2020, los pensionados por vejez sumaban 32.206 personas, mientras que por invalidez 226 personas y otras 3.927 personas por sobrevivencia.

Dado lo anterior, se estima que la nueva norma de la Superintendencia de Pensiones podría beneficiar a unos 150 mil afiliados.

La SP explicó que en la actualidad, desde la fecha de solicitud de pensión hasta la fecha de otorgamiento de aquella, el saldo para pensión de los afiliados y beneficiarios puede variar positiva o negativamente, dependiendo de las fluctuaciones del mercado financiero en el que se encuentran invertidos los fondos previsionales. Esto implica que afiliados y beneficiarios no tienen certeza sobre cuál será su saldo final al momento del cálculo de su pensión.

Así, la nueva normativa establece que el afiliado o sus beneficiarios, al momento de efectuar la solicitud de pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, puedan pedir a su AFP que transfiera hacia una cuenta corriente de los fondos de pensiones, todo el saldo de ahorro previsional que destinarán a pensión. El objetivo es que esos recursos se mantengan sin variación a la fecha en que se realiza la solicitud de pensión y hasta la fecha en que le sea concedida o que desista de ella.

En el caso de las pensiones de sobrevivencia, la opción por mantener el saldo destinado a pensión en la mencionada cuenta corriente deberá ser expresada, de común acuerdo por todos los beneficiarios, al momento de realizar la solicitud de pensión de sobrevivencia.