Gobierno acatará histórico fallo que ordena al Registro Civil inscribir a niño como hijo de dos madres
Como el Ministerio de Justicia ni el servicio fueron litigantes, no pueden intervenir y deberán cumplir la sentencia una vez notificada, explicó el subsecretario Sebastián Valenzuela.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos saludó la resolución que "destaca el deber del Estado de proteger todas las formas de familia".
El Ministerio de Justicia explicó que acatará el histórico fallo del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, que ordenó al Registro Civil inscribir a un niño como hijo de dos mujeres en su partida de nacimiento.
Así lo informó este martes, un día después de conocida la sentencia, el subsecretario de Justicia, Sebastián Valenzuela, quien precisó que "se trata de un caso (judicial) en particular en que ni el Gobierno ni, particularmente, el Registro Civil han intervenido".
De hecho, es la primera vez en que un fallo judicial reconoce derechos de dos mujeres sobre sus hijos en Chile, y por logro de una estrategia judicial impulsada por el abogado Juan Enrique Pi, de la Fundación Iguales, en favor de la historiadora Emma de Ramón -integrante del directorio de la fundación- y su conviviente civil, la cientista política Gigliola Di Giammarino.
El caso se originó luego de que el Registro Civil les impidiera reconocer legalmente a su hijo Attilio José -hoy de casi tres años- en octubre de 2017, por lo que la pareja recurrió a tribunales para obtener el pleno reconocimiento de los derechos y que pueda ser inscrito con el nombre de ambas; sin embargo, el recurso fue rechazado tanto por la Corte de Apelaciones como la Corte Suprema.
En ese escenario, el abogado Pi impulsó una estrategia que resultó exitosa: que Di Giammarino presentara en contra de De Ramón una demanda de reconocimiento de filiación, situación a la que refirió el subsecretario Valenzuela.
"Se inicia un procedimiento en el Tribunal de Familia, donde no nos toca intervenir y menos al Registro Civil, por lo tanto, lo que corresponde es que una vez el servicio sea notificado de la sentencia, cumpla con la inscripción en el Registro", afirmó el subsecretario Valenzuela.
De hecho, sostuvo la vocera de la Suprema, Gloria Ana Chevesich, sólo pueden apelar las partes litigantes, es decir, una de los madres: "Los que pueden impugnar una determinada resolución judicial son las partes litigantes, y en la medida que nadie apele va a quedar como un fallo que en la primera instancia va a quedar firme".
La @CIDH nota que, en su resolución, la jueza destaca el deber del Estado de proteger sin discriminación, todas las formas de familia, fundamentándose en los estándares de igualdad y no discriminación desarrollados por la @CorteIDH en la sentencia Atala Riffo vs. #Chile #LGBTI 2
— CIDH - IACHR (@CIDH) June 10, 2020
CIDH saluda decisión judicial
El fallo de la jueza Macarena Rebolledo incluso recurre a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso de la magistrada Karen Atala -donde se reconoció violación a los derechos de igualdad por la tuición de sus hijas-.
En este marco, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saludó la resolución y remarcó que ésta "destaca el deber del Estado de proteger, sin discriminación, todas las formas de familia, fundamentándose en los estándares de igualdad y no discriminación desarrollados por la CorteIDH en la sentencia" sobre la jueza Atala.
A su vez, el abogado Pi valoró como "una buena noticia que el Gobierno señale que va a acatar la sentencia, porque es lo que corresponde hacer; corresponde que los servicios encargados de llevar los registros de filiación obedezcan lo que ha señalado la Justicia".