Corte de Chillán declaró admisible un recurso contra restricción vehicular en tres comunas de Ñuble
Los recurrentes argumentan que se vulneran los derechos al libre desplazamiento y la seguridad individual.
Las autoridades señalaron que medida fue decretada por la Seremi de Transporte, a razón de la crisis epidemiológica.
El recurso apunta a que empuja a usar transporte público, aumentando así los riesgos de contacto estrecho.
La Corte de Apelaciones de Chillán declaró admisible un recurso de amparo contra la inédita medida de restricción vehicular en Chillán, Chillán Viejo y San Carlos, implementada hace una semana en el marco del plan "Ñuble Te Cuida" para dispersar la movilidad en el marco de la pandemia.
El recurso fue presentado por el abogado Marcelo Rodríguez y la psicóloga Soledad San Martin, en contra del Intendente de Ñuble y el Jefe de Defensa en Ñuble, aludiendo que la medida vulneraría los derechos al libre desplazamiento y la seguridad individual.
La reclamación se apega al artículo 19, número 7, de la Constitución de Chile, donde se señala que "toda persona tiene derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio de terceros".
El abogado Marcelo Rodríguez precisó que "al ser empujados al uso de la locomoción colectiva, aumentan los riesgos de contacto estrecho y potencial contagio con Covid-19, por lo que se genera un efecto contrario a lo que la autoridad busca percibir".
Facultad de la Seremi de Transporte
Aunque el lanzamiento del plan y sus medidas fue encabezado el 22 de junio por el intendente y el jefe de Defensa en Ñuble, desde sus instituciones respondieron al tribunal de alzada que el decreto fue cursado por la Seremi de Transporte, porque es la instancia facultada para prohibir o restringir la circulación vehicular bajo razones justificadas, que en este caso sería la crisis epidemiológica.
Al ser consultado sobre el tema, el intendente Martín Arrau señaló que "la medida es dictada por la Seremi de Transporte y quien ordena su implementación es el jefe de la Defensa", agregando que "bajo la Ley 17.175 de Administración Regional, al intendente le corresponde coordinar y dar a conocer la medida".
El tribunal de alzada acogió a tramitación el recurso y le corresponderá ahora resolver entorno a la reclamación.