Avanza proyecto que prohíbe sancionar a estudiantes por no pago de aranceles en educación superior

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Autor: Cooperativa.cl

La iniciativa, enmarcada en la emergencia sanitaria por la pandemia, establece que las instituciones deban disponer flexibilizaciones en los pagos durante este año.

Pese a su aprobación, varios artículos fueron objetados por el oficialismo y el Gobierno, que hicieron reserva de constitucionalidad.

 ATON (Referencial)

La propuesta apunta a aquellos estudiantes cuya situación socioeconómica se ha visto mermada producto de la pandemia y las medidas de la autoridad.

La Cámara de Baja aprobó ayer jueves, con marcadas diferencias entre oposición y oficialismo, un proyecto que establece que las instituciones de educación superior deban flexibilizar los pagos de aranceles, matrículas y cobros similares y que prohíbe las sanciones contra los estudiantes que no puedan cumplir con ellos durante este año, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia y sus consecuencias.

Tras un extenso debate, la Sala visó en particular y despachó al Senado el texto, impulsado por diputados del Frente Amplio y la ex Nueva Mayoría, que dispone apoyos para la continuidad de estudios de los estudiantes, con ocasión de la crisis actual.

El articulado aprobado establece que las instituciones tendrán que elaborar un plan de medidas extraordinarias que tenga como objetivo apoyar la continuidad de la formación de sus estudiantes, que deberá incluir, a lo menos, las medidas académicas y económicas que se deberán tomar durante el 2020.

Para lo anterior, se deberá hacer especial énfasis en las medidas que se adoptarán para aquellos estudiantes que acrediten ante la institución correspondiente que su situación socioeconómica se ha visto menoscabada en virtud de la emergencia sanitaria.

En ese contexto, los planteles no podrán aplicar sanciones por el incumplimiento del pago de arancel y derechos básicos de matrícula, o condicionar la prestación del servicio educativo al pago de éstas, tanto para estudiantes de carácter presencial, semipresencial o a distancia.

RESERVA DE CONSTITUCIONALIDAD

El informe visado establece también que el Ministerio de Educación abra un nuevo y excepcional período de postulación a la gratuidad y demás beneficios estudiantiles para el segundo semestre, proceso dirigido a los estudiantes que no hayan postulado o accedido a estos beneficios en el periodo regular y que acrediten un menoscabo en sus ingresos familiares como directa consecuencia de las medidas sanitarias o de seguridad durante la pandemia.

El Mineduc deberá informar esas nuevas fechas de postulación a las instituciones para que estas den cuenta a los estudiantes, dentro de los tres días siguientes tras publicada la eventual ley en el Diario Oficial.

La diputada Camila Rojas, una de las impulsoras del proyecto, cuestionó que el Gobierno considera "inconstitucional" ese punto, considerando que -subrayó- es "muy relevante porque es muy evidente que muchas familias están viendo merma de sus ingresos y no tienen la misma situación económica que cuando fue la primera postulación a beneficios".

Se definió además que, durante este año, los estudiantes que se acojan a los planes que deberán elaborar las instituciones de educación superior podrán solicitar la suspensión del año académico con la exención de cargos adicionales en relación con el avance académico semestral.

Esta última norma, contenida en el artículo transitorio del texto, fue uno de los puntos más objetados por legisladores de Chile Vamos, que hicieron reserva de constitucionalidad, al igual que el Ejecutivo.

El proyecto será analizado por el Senado en el segundo trámite constitucional.