Suprema mantuvo fallo contra el Hospital de Linares por fatal negligencia en parto
Los errores médicos derivaron en la muerte de un bebé recién nacido, en abril de 2014.
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y dejó a firme la sentencia que condena al Hospital Carlos Ibáñez del Campo de Linares a pagar una indemnización de 110 millones de pesos por una mala atención de parto, que derivó en la muerte de un bebé recién nacido en abril de 2014.
La Tercera Sala estimó que no procede modificar los hechos establecidos y que sustentan la falta de servicio del centro asistencial al retardar el parto y dejar gasas en el interior del cuerpo de la paciente que demandó.
"La falta de servicio alegada por la actora se encuentra suficientemente demostrada, desde que el monitor de latidos cardiofetales aplicado a la demandante no estaba funcionando en condiciones óptimas; que dicha circunstancia impidió detectar a tiempo la baja en los latidos cardíacos de su hijo y que, por ende, no permitió actuar a tiempo para evitar su fallecimiento; que después de la atención recibida por la actora en el Hospital de Linares quedaron gasas en el interior de su vagina y que esta última conducta le causó dolores y mal olor, existiendo, en consecuencia, un vínculo causal entre dicha omisión y los padecimientos físicos ocasionados a la demandante", se lee en el fallo.