Ya está disponible: Conoce cómo solicitar el bono para la clase media

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Cooperativa.cl

El beneficio contempla un aporte directo de hasta 500 mil pesos no reembolsable para quienes se hayan visto afectados con una merma del 30 por ciento en sus ingresos.

Está dirigido a trabajadores con ingresos formales promedio entre 400 mil y 2 millones de pesos.

 ATON (referencial)

A partir de esta sábado y hasta el 31 de agosto, los trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales, podrán acceder a un bono de hasta 500 mil pesos, no reembolsable, para que puedan paliar los efectos de la pandemia en sus ingresos. 

Para acceder al beneficio, los trabajadores deben tener ingresos formales promedios mensuales durante el 2019 iguales o mayores a 400 mil pesos y menores o iguales a 2 millones de pesos, que hayan registrado una disminución de al menos un 30 por ciento en sus ingresos formales en julio de 2020.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó para ello un apartado especial en su sitio web  www.sii.cl, el que también calcula si el trabajador puede recibir este aporte o no de acuerdo a sus registros.

¿Quiénes pueden acceder?

La Ley 21.252, establece que este bono está dirigido a trabajadores dependientes; a trabajadores independientes y a empresarios individuales, que cumplan con los requisitos correspondientes.

Trabajadores dependientes: En este caso, para verificar si este trabajador cumple con el requisito de disminución del 30 por ciento de su ingreso mensual durante julio respecto de su ingreso promedio mensual, se considerarán las remuneraciones obtenidas entre enero y diciembre de 2019, y el total de remuneraciones se divide por el número de meses en que percibió esos montos.

También pueden encontrarse cesantes en la actualidad, haciendo uso del Seguro de Cesantía, o pueden haber pactado una disminución de sueldo o jornada con su empleador. Sin embargo, recibieron ingresos por remuneraciones durante el año 2019.

Empresario individual: Para verificar si este empresario individual cumple con el requisito de disminución del 30 por ciento en su ingreso mensual de julio, respecto de su ingreso promedio mensual 2019, se considerará el promedio de la base imponible declarada para el cálculo del PPM, entre octubre de 2018 y septiembre de 2019.

Trabajadores independientes: Para asegurar si este trabajador independiente cumple con el requisito de disminución del 30 por ciento en su ingreso mensual de julio, respecto de su ingreso promedio mensual 2019, se considerará el promedio de ingresos por concepto de honorarios obtenidos entre abril de 2019 y marzo de 2020.

Además, estos trabajadores deben cumplir con el requisito de haber emitido boletas de
honorarios electrónicas en al menos 3 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 6 meses entre abril 2018 y marzo de 2020. En ambos casos, las boletas de honorarios electrónicas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.

En el caso de estos trabajadores, se debe considerar que el Aporte Fiscal reemplaza al subsidio de hasta 100 mil pesos al que podían acceder para apoyar el reintegro del beneficio especial para trabajadores independientes.

Dependiendo del ingreso que registre el trabajador en el año 2019, será el monto de aporte fiscal que se podrá solicitar.

Cómo acceder al aporte fiscal

Si un trabajador cumple con los requisitos, puede solicitar este beneficio 100 por ciento en línea a través de www.sii.cl, sin necesidad de adjuntar ningún documento. Para esto:

  • El contribuyente debe ingresar a sii.cl con su RUT y clave tributaria.
  • Antes de acceder al beneficio, debe registrar y/o actualizar su domicilio y correo electrónico en el mismo sitio sii.cl.
  • El sistema indica en línea, el cálculo y el monto del beneficio, al que se puede acceder.
  • El bono será depositado en su cuenta bancaria personal. En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información, será pagado por caja, en BancoEstado.
  • El depósito del dinero lo realizará la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
  • Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, la Tesorería General de la República descontará hasta un 50 por ciento del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.

Crédito Solidario para trabajadores de clase media

Esta ley también estableció la posibilidad de acceder a un crédito solidario del Estado, reembolsable, para cubrir la reducción de ingresos por un monto máximo de 650 mil pesos, que se podrá solicitar por tres meses (continuos o discontinuos), a partir del 8 de agosto y hasta diciembre de este año.

El detalle de este beneficio, al que también podrán acceder los trabajadores dependientes y los empresarios individuales a través de sii.cl, será dado a conocer en los próximos días.

Para el director del SII, Fernando Barraza, esta medida "en este contexto, marcado por la emergencia sanitaria, se hace aún más relevante el rol social que debemos cumplir los distintos servicios públicos del país".

"Es por ello que asumimos como una gran responsabilidad, nuestra tarea de facilitar, al máximo posible, la aplicación de los beneficios establecidos en esta ley, entregándole a los contribuyentes toda la información y accesos, para que puedan obtener este aporte, de la manera más ágil y sencilla posible", puntualizó el líder del SII.