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Tribunal Ambiental rechazó reclamación de dirigente local ante programa de Codelco Ventanas

Publicado:
- Periodista Digital:José Luis Pérez - Cooperativa

"La mayor parte de los incumplimientos contenidos en la formulación de cargos no generaron efectos negativos de los cuales Codelco debía hacerse cargo", dice la sentencia.

 Tribunal Ambiental

En 2017 sí se había acogido un reclamo del mismo dirigente.

El Tribunal Ambiental de Santiago rechazó la reclamación interpuesta por el vecino y dirigente ambiental de Quintero Andrés León, en contra de la Superintendencia del Medioambiente (SMA) por la aprobación del programa de cumplimiento presentado por Codelco Ventanas.

El dirigente alegó que el programa de cumplimiento presentado por Codelco Ventanas, pese a ser aprobado, no presentaba modificaciones respecto de aquel que fue rechazado por el Tribunal Ambiental y que no cumplía con los requisitos legales y reglamentarios para ser aprobado.

En el reclamo se acusa a la empresa de no haber descartado correctamente los efectos asociados a sus incumplimientos, y habría incorporado a su programa de cumplimiento acciones y metas ya ejecutadas.

Sin embargo, en la sentencia se resaltó que "el hecho que las acciones o metas contenidas en el actual plan no sean, en mayor parte, distintas a aquellas contenidas en el primer instrumento, no implica que no se haya cumplido el mandato del Tribunal contenido en la sentencia R Nº 132-2016".

"La mayor parte de los incumplimientos contenidos en la formulación de cargos no generaron efectos negativos de los cuales Codelco debía hacerse cargo", agrega el escrito.

El ministro presidente del Tribunal Ambiental de Santiago Cristián Delpiano, señaló que "los efectos derivados de los incumplimiento imputados estaban debidamente descartados motivo por el cual las acciones y metas comprometidas eran suficientes y cumplían con la normativa legal que los regula".

El actual programa de cumplimiento presentado por Codelco Ventanas fue modificado como consecuencia de una sentencia dictada en 2017 por el Tribunal Ambiental que en su momento, sí acogió una reclamación del mismo dirigente en contra del primer programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia de Medioambiente que dejó sin efecto el programa y ordenó complementarlo a la luz de lo ordenado por el tribunal.