Declaran admisible querella de la Comisión Chilena de DDHH contra marino por quema de iglesia el 18-O
La acción apunta al cabo 2° de la Armada detenido en los alrededores del templo San Francisco de Borja, de Carabineros, donde realizaba desórdenes públicos.
El escrito fue presentado ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible una querella presentada por la Comisión Chilena de Derechos Humanos (Cchdh) en contra del ex cabo 2° de la Armada Ernesto Osorio Loyola por su presunta responsabilidad en el incendio que afectó a la Iglesia San Francisco de Borja, en el centro de la capital, el domingo 18 de octubre, al conmemorarse el primer aniversario del estallido social.
El recinto, usado regularmente por Carabineros para ceremonias institucionales, fue uno de los dos templos católicos quemados en los alrededores de Plaza Baquedano tras la multitudinaria manifestación que congregó a decenas de miles de personas para conmemorar un año de la ola de protestas, las más graves desde el fin de la dictadura militar (1973-1990).
Osorio, de 31 años, fue detenido en los alrededores de la iglesia, donde realizaba desórdenes públicos. Al momento de su arresto, portaba una resortera, una máscara y lentes de protección, según informó en su momento Carabineros.
La Armada informó que el cabo pertenecía a la dotación de la base aeronaval de Concón, y se encontraba de día libre al momento de ser detenido en la calle Ramón Corvalán, en Santiago Centro.
El 19 de octubre, la Justicia determinó que Osorio quedara con firma cada dos meses producto de los desmanes en los que participó y un después, el 20 de octubre, la Armada lo dio de baja, argumentando que "el grave incumplimiento de la normativa vigente en nuestra reglamentación, al haber participado directamente en actos que se apartan de la disciplina militar, no reflejan los principios y valores que nos guían, y afectan gravemente el prestigio institucional".
Tras estos hechos, la Cchdh presentó una querella por el delito de "incendio agravado" contra Osorio, acción que se extiende además a "todos los funcionarios públicos que resulten responsables, sea en la calidad de autores, cómplices o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, en razón de los hechos y los argumentos de derecho".
"Esta inaceptable conducta debe necesariamente llevarnos a analizar y preguntarnos acerca de cuál es la determinación que impulsa a un funcionario de las fuerzas armadas y de orden, a infiltrarse en manifestaciones pacíficas para transformarlas en actos delictivos, y en consecuencia criminalizar el legítimo derecho a la libertad de reunión, de expresión y de manifestación, cuyo contenido está consagrado en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional", dice el escrito.
En este sentido, la acción de la Cchdh también mencionó como "hecho indiciario" lo acontecido con Oscar Cifuentes, alias "Giovanny Arévalo Álvarez", perteneciente a Inteligencia de Carabineros, quien se infiltró en ollas comunes en la población Lo Hermida, en Peñalolén, actuando -según la querella- "como verdadero agente provocador -figura delictual y ajena a la normativa vigente que permite infiltraciones o revelaciones en contexto de organizaciones expresamente definidas en la ley- para causar diversos delitos".