Fuegos artificiales: Ley que endurece penas incluye cárcel por "turbar la tranquilidad pública"
La iniciativa -que está en condiciones de ser promulgada- sanciona especialmente el hecho de "infundir temor en la población".
También castiga la fabricación, adaptación, importación, exportación, almacenamiento, transporte, distribución y compra de estos elementos, que hasta hace pocos años estaban casi erradicados de Chile.
Durante la reciente Nochebuena los fuegos artificiales campearon por todo Santiago, y también en otras ciudades del país. ¿Qué pasará en Año Nuevo?
En el marco de la preocupación por el notorio aumento del uso ilegal de fuegos artificiales en distintas partes de Chile -la reciente Nochebuena fue un ejemplo patente-, el Congreso aprobó un proyecto de ley que endurece las penas por la venta y la utilización de esta pirotecnia, que ya quedó en condiciones de ser promulgado.
El proyecto, que fue ingresado en mayo de 2019 a la Cámara de Diputados, fue despachado la semana pasada por el Senado, que no realizó mayores modificaciones a la última versión de la iniciativa.
En el texto del proyecto, se indica que busca sancionar penalmente la fabricación, importación, comercialización, distribución, venta, entrega a cualquier título y el uso de fuegos artificiales y otros artefactos pirotécnicos.
Penas de cárcel
De acuerdo a la iniciativa, "los que poseyeren o tuvieren fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas, sin la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), serán sancionados con presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días) o multa de 5 a 20 unidades tributarias mensuales (255 mil a un millón de pesos)".
Junto a esto, "el que, sin la competente autorización, accionare, activare o disparare alguno de los elementos señalados será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día) y multa de 10 a 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)".
La pena de cárcel "se impondrá en su grado máximo cuando las conductas ahí señaladas turbaren gravemente la tranquilidad pública o infundieren temor en la población".
📌 Mal uso de fuegos artificiales: desde ahora será considerado delito simple https://t.co/cp6BTolPGH pic.twitter.com/wlrrQHm6tL
— SenadoChile (@Senado_Chile) December 28, 2020
Finalmente, se señala que "los que sin la competente autorización fabricaren, armaren, elaboraren, adaptaren, transformaren, importaren, internaren al país, exportaren, transportaren, almacenaren, distribuyeren, ofrecieren, adquirieren o celebraren convenciones respecto de los elementos indicados serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 10 a 20 unidades tributarias mensuales".