¿Cómo patrocinar candidaturas independientes a la Convención Constitucional?
Hay plazo hasta el 11 de enero para que ciudadanos que no militan apoyen a solo un postulante de su distrito al órgano constituyente.
Los independientes solo aparecerán en la papeleta si consiguen un número igual o superior a un porcentaje de electores de las últimas parlamentarias.
El patrocinar a un precandidato no está amarrado al voto que se ejercerá el próximo 11 de abril; solo le abre la puerta para participar.
Los ciudadanos que no militan en un partido pueden patrocinar una candidatura independiente para la Convención Constitucional hasta el 11 de enero, posibilidad que el Servicio Electoral tiene habilitada en su sitio desde mediados de diciembre.
Los interesados deben ingresar al sitio patrocinantes.servel.cl con su Clave Única, y si no la tienen, pueden conseguirla en el Registro Civil. De ahí en más, estarán accediendo a la lista de postulantes de su propio distrito, y solo pueden escoger a uno de ellos para patrocinarlo.
Cabe destacar que el patrocinio de un precandidato no está amarrado al voto que se ejercerá el próximo 11 de abril, sino que solo facilita el camino para la participación de independientes en esas elecciones.
Si llegan a intentar realizar el trámite con datos falsos, esto puede ser sancionado con multas que llegan hasta los 150 mil pesos.
¿POR QUÉ NECESITAN EL PATROCINIO?
La importancia del respaldo recae en que los precandidatos solo podrán competir por uno de los 155 escaños una vez conseguido el número de independientes igual o superior a un porcentaje de electores que sufragaron en su respectivo distrito, medida que se estableció en reemplazo del requisito anterior, que consistía en la recolección de firmas.
"Los y las independientes pueden ser candidatos o candidatas a la Convención Constitucional de tres maneras: una, como independientes individualmente; dos, en una lista de independientes, y tres, en una lista de partidos, ir independiente pero asociado a un partido determinado", explicó el presidente del consejo directivo del Servel, Patricio Santamaría.
En el caso de que dos o más candidatos o candidatas busquen conformar una lista, "requieren reunir el 0,5% de las personas que sufragaron en la última elección en el respectivo distrito, a menos que esa cifra sea menor a 500, caso en el cual deberán reunir 500 personas".
"Para contabilizar el número de patrocinios, se considerará lo que aporta cada uno de los candidatos o candidatas que conforman la respectiva lista", destacó Santamaría, lo que sumaría el 1,5% de los electores de las parlamentarias del 2017 en el respectivo distrito.
En cambio, si la persona quiere postular a la Constituyente por su cuenta y sin sumarse a una lista de ningún tipo, el Servel necesita que reúna un total de patrocinios equivalente al 0,4% de dicho electorado.