Ya es ley: Delitos vinculados a gastos electorales prescribirán en cinco años y no en dos
El Senado aprobó de manera unánime la extensión del plazo.
Otorgar aportes para candidaturas o partidos cuyo monto excede en un 40% lo permitido por ley es uno de los tres ilícitos relacionados con la norma.
Hay algunas excepciones al nuevo plazo: por ejemplo, las prescripciones por faltas o infracciones señaladas en el cuerpo legal mantendrán una prescripción de un año.
El Senado aprobó este martes el proyecto de ley que extiende de dos a cinco años el plazo de prescripción de los delitos indicados en la ley de gastos electorales.
Después de un debate que se prolongó por un año, la iniciativa que modifica la ley N°19.884 sobre transparencia, límite y control del gasto electoral para ampliar el periodo de prescripción quedó en condiciones de ser promulgada por voto unánime, informó La Tercera.
Son tres los delitos vinculados a esta norma: el otorgamiento de aportes para candidaturas o partidos políticos cuyo monto excede en un 40 por ciento lo permitido por la ley; utilizar los fondos del Fisco para un objetivo distinto al designado; y la certificación de hechos o antecedentes falsos por parte del administrador electoral de un partido político.
De todas maneras, habrá algunas excepciones al nuevo plazo: por ejemplo, las prescripciones por faltas o infracciones indicadas en el mismo cuerpo legal mantendrán una extensión de un año.
Además, cualquier acción penal o presidio por estos delitos prescribirá en cinco años, con base temporal en la presentación de la cuenta general de ingresos y gastos.