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Juzgado excluyó prueba de la defensa de cabo acusado de homicidio en Los Andes: Siete testigos eran militares

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Autor: Cooperativa.cl

La teoría de la defensa es un "estado de alerta" del uniformado debido al estallido social.

Un oficial declararía sobre el efecto que aquello significó en el imputado y otro sobre las felicitaciones que el uniformado recibió por su buen desempeño.

 Aton / Contexto

El Juzgado de Garantía de Los Andes excluyó la totalidad de la prueba ofrecida por la defensa del cabo del Ejército Nicolás Bertin, acusado del homicidio calificado de Christian Tapia, ocurrido el 12 de enero de 2020 al interior de un local comercial de la comuna.

Lo anterior, durante la preparación del juicio oral, causa en la que existen dos acusados: el ahora ex uniformado y el civil Patricio Veas, quienes –según la Fiscalía- atacaron a Tapia luego de que éste pasara a llevar a Veas con el hombro.

Aquello desencadenó una agresión por parte del acusado Veas, quien tenía conocimientos de artes marciales, sumándose luego el cabo 2° Bertín, quien se encontraba de franco.

En dichas circunstancias, Bertín golpeó a la víctima con un arma de fuego para después ponerle su pie en el cuello y lanzarle un pack de bebidas alcohólicas en botellas de vidrio, relata la acusación fiscal.

En ese contexto, como prueba propia la defensora de Bertín, Zeira Mairena, presentó como prueba propia ocho testigos, de los cuales siete son funcionarios del Ejército: tres cabos, dos sargentos, un capitán y un mayor.

Estallido social y felicitaciones

Los uniformados declararían para sustentar la teoría de la defensa, que dice relación con un "estado de alerta" de su representado en el marco del denominado estallido social.

En ese sentido, los militares harían referencia a los objetivos de los operativos en base al estallido social, los efectos del estallido social en la comuna de Los Andes, su prolongación en el tiempo y cómo afectó la vida de Nicolás Bertín.

De igual forma, los miembros del Ejército darían cuenta de la malla curricular de Bertín, las funciones que ejecutaba en el regimiento de Los Andes, y acerca de las felicitaciones que un superior le había otorgado por su buen desempeño.

No obstante lo anterior, la magistrada Valeria Croza excluyó la totalidad de la prueba de la defensora, incluyendo 10 pruebas periciales y documentales, tras las solicitudes de la parte querellante y el Ministerio Público.

En cuanto a la defensa de Veas, José Miguel Ferrada, no ofreció prueba propia e hizo suya la presentada por Fiscalía.

Los hechos de la causa, incluso escalaron al Senado, donde la senadora Isabel Allende solicitó el 30 de enero de 2020 oficiar a los responsables jerárquicos del destacamento de Montaña N° 3 "Yungay" para conocer "cuáles han sido las acciones de la oficialidad de esta unidad del Ejército de Chile". 

Comunicado público por legítima defensa

Aquello fundado en "la distribución de un comunicado público en el que el departamento u oficina de comunicaciones de esta unidad, señalan y aseveran cuestiones tales como 'que el victimario habría actuado en legítima defensa de un tercero que estaba siendo víctima de un delito flagrante', materias que son objeto de investigación a través del correspondiente proceso penal", dice el documento firmado por el senador Alfonso de Urresti, presidente (S) del Senado en aquel entonces. 

Dictados los autos de apertura, ahora el Tribunal Oral en lo Penal de Los Andes deberá fijar fecha para el juicio, donde el Ministerio Público pide 18 años de cárcel para Bertín y 15 para Veas.

Lo anterior, sin perjuicio de que la parte querellante, el abogado Fernando Castañeda, solicitó en la acusación particular la pena de presidio perpetuo para ambos acusados, es decir, al menos 20 años de cárcel efectiva antes de poder postular a beneficios.