Coronel (r) del Ejército fue condenado a 15 años por la desaparición de un topógrafo en La Serena
El ilícito fue perpetrado a partir del 14 de mayo de 1977 en la ciudad de Arica.
La DINA sindicó a la víctima como como espía y experta en explosivos.
Fisco fue condenado a cancelar $250 millones por daño moral a la cónyuge e hijos de la víctima.
La Corte de Apelaciones de La Serena condenó a 15 años y un día de presidio mayor en su grado medio a Raúl del Canto Galdames, coronel de Ejército (r), en su calidad de autor del delito de secuestro calificado del topógrafo Pedro Segundo Mella Vergara, hecho perpetrado el 14 de mayo de 1977 en Arica.
Mella Vergara se encontraba junto a su cónyuge, Nilda Caqueo Olcay, y su amigo, Sergio Oviedo Sarria, en la boite "Manhattan" en la ciudad de Arica, cuando fue detenido y trasladado a Primera Comisaría de Carabineros a petición de efectivos del Ejército pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional.
La razón de la detención es que Pedro Mella fue sindicado como espía y experto en explosivos.
Tras su ingreso a las dependencias de Carabineros, fue retirado por un efectivo del Ejército, no siendo posible determinar su paradero desde esa fecha hasta el momento actual, puede leerse en el fallo del tribunal de alzada de La Serena.
"Esta Corte comparte las conclusiones a las cuales ha arribado el sentenciador de la instancia para arribar al veredicto condenatorio y desestimar cualquier pretensión de reforma en su beneficio", dice el laudo.
"Estimándose que las probanzas allegadas a estos antecedentes permiten tener por acreditado el cuerpo del delito y la participación culpable que en aquel corresponde al encartado, como asimismo, la concurrencia de las circunstancias que permiten calificar el hecho punible como secuestro calificado", sostiene el fallo.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena además confirmó la resolución que condenó al fisco a pagar la suma total de 250 millones de pesos por concepto de daño moral, a la cónyuge e hijos de la víctima.
"No se advierte que exista una desproporción en las sumas que han sido otorgadas a título de daño moral, las que se encuentran suficientemente justificadas en el inconmensurable daño a las víctimas demandantes, teniendo en consideración el extenso período durante el cual buscaron afanosamente conocer el paradero de Pedro Mella Vergara", agregó la resolución.