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Comisión de Libertad Condicional de La Serena revisa 339 solicitudes

Publicado:
- Periodista Digital:
Kike Mursell S.

Provienen de la propia La Serena, de Illapel, Ovalle, Vicuña y Combarbalá.

En los dos anteriores procesos, el porcentaje de aceptación se ha ubicado entre el 20 y el 30 por ciento.

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La libertad condicional de un reo no modifica la duración de su condena, pero le permite cumplirla fuera de recintos penales.

Trescientas treinta y nueve solicitudes para acceder a la libertad condicional provenientes de diferentes centros penitenciarios de la Región de Coquimbo son revisadas por un ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, dos jueces orales y uno de garantía.

Los integrantes de la Comisión de Libertad Condicional jurisdicción La Serena trabajan por estas horas en la lectura, revisión y análisis de la información referente a 295 reos del centro penitenciario de La Serena, 13 de Illapel, 29 de Ovalle, uno de Vicuña y uno de Combarbalá.

REQUISITOS

Los postulantes deben cumplir una serie de requisitos, establecidos en el Decreto Ley N°321 de 1925, que establace que el interno debe demostrar, al momento de postular al beneficio, "avances en su proceso de reinserción social".

En enero de 2019 se publicó la Ley 21.124, que modificó el citado Decreto 321, dejando establecido que "las personas condenadas a presidio perpetuo calificado sólo podrán postular a la libertad condicional una vez que hubieren cumplido cuarenta años de privación de libertad efectiva".

La libertad condicional es un beneficio que no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de hacerla cumplir en libertad por la persona condenada, se explicita en la Ley 21.124.

La Comisión de Libertad Condicional debe sesionar dos veces en el año. En abril del presente, en la Región de Coquimbo recibió 286 solicitudes, de las que aceptó 83; es decir, un 29 por ciento.

En octubre del año pasado recepcionó 279, aprobando 59, equivalentes al 21 por ciento.