Juzgado rechazó prisión preventiva para detenidos por Caso Huracán
El tribunal mantuvo el arresto domiciliario total del ex general Gonzalo Blu, Patricio Marín, Leonardo Osses y Álex Smith.
Se argumentó que no existe necesidad urgente de decretar la máxima cautelar, ni riesgo de fuga por parte de los imputados.
El Juzgado de Garantía de Temuco rechazó decretar prisión preventiva y mantuvo el arresto domiciliario total para tres ex miembros de la Dirección de Inteligencia de Carabineros y del civil Álex Smith.
Se trata de los ex uniformados Gonzalo Blu, Patricio Marín y Leonardo Osses, quienes son acusados de presentar pruebas falsas en el contexto de la "Operación Huracán".
Según el tribunal, no existe necesidad urgente de decretar la máxima cautelar, ni riesgo de fuga por parte de los imputados.
En tanto, el Juzgado ordenó las medidas cautelares de firma mensual y arraigo nacional contra los ex carabineros imputados Marvin Marín, Manuel Cavieres, Marcos Sanhueza y Manuel Riquelme.
CASO HURACÁN:
— Claudio Arévalo (@arevaloprensa) October 25, 2021
Juzgado de Garantía de Temuco rechazó la medida cautelar de prisión preventiva y confirmó el arresto domiciliario total de Gonzalo Blu, Patricio Marín, Leonardo Osses y el civil Álex Smith acusados en el montaje de pruebas falsas.@Cooperativa pic.twitter.com/b7opXb6yH0
Quien solicitó la revisión de cautelares fue la abogada querellante Karina Riquelme, quien reflexionó que "los dichos del abogado representante de Blu y de Patricio Marín Lazo, que siguen criminalizando a quienes son las víctimas del caso sin tomar en consideración el juez la gravedad de los hechos, de las penas asignadas al delito, y en definitiva, la vulneración de la institucionalidad para criminalizar a quienes son dirigentes del pueblo mapuche en este conflicto, hacen que la institucionalidad mantenga una mano mucho más blanda respecto de quienes son agentes del Estado".
Javier Jara Müller, el mencionado defensor de Marín Lazo, acusó a su vez que "la responsabilidad de por qué este proceso se ha dilatado en extremada prolongación es precisamente por una negligencia de la Fiscalía, y lo digo con todo respeto. Realmente me llama la atención que tengan olvidos procesales. Es actuar con una buena fe menguada, e incluso más".
"Es legítimo pedir una revisión de medida cautelar; lo que yo considero que no es legítimo es no informar el tribunal que el día 26 de noviembre del 2020 hay un nuevo antecedente a favor de las defensas", añadió.