Suprema autorizó que Fiscalía formalice a jueza acusada de "datear" a hijastro investigado por tráfico
Cecilia Urbina Pinto es acusada por los delitos de prevaricación y revelación de secreto en una investigación.
El máximo tribunal sostuvo que los antecedentes obtenidos hasta ahora "hace razonable el inicio de una investigación".
La Corte Suprema confirmó la admisibilidad de una querella presentada en contra de la jueza de Garantía de Coyhaique Cecilia Urbina Pinto por los delitos de prevaricación y revelación de secreto en una investigación.
El Ministerio Público podrá formalizar a la jueza a quien se le acusa de haber sacado ventaja de una casua en que su hijastro era investigado por tráfico de drogas. Según la investigación, la magistrada ingresó a revisar los antecedentes de la carpeta investigativa, pese a que se trataba de un caso reservado.
El máximo tribunal del país sostuvo que, en esta etapa procesal, "existen antecedentes suficientes" para indagar la conducta de la jueza, quien está siendo investigada por el Ministerio Público.
Corte Suprema confirma decisión que acogió querella de capítulos contra jueza de Coyhaique https://t.co/CbIYdWzmnE pic.twitter.com/lOcgjK0NLR
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) November 18, 2021
El texto determinó que "surgen evidencias suficientes en orden a establecer que luego que el magistrado Mario Enrique Devaud Ojeda, autorizara las medida intrusiva de interceptación, monitoreo y registro de las comunicaciones telefónicas que se generaran o recibieran desde y hacia el teléfono (...) asociado a Jorge Alberto Cáceres Vasquez, aplicándole a dicha resolución la marca de confidencialidad, la juez capitulada en ejercicio de sus funciones y en una fecha indeterminada previa al 3 de febrero del año en curso, obtuvo detalles de la causa reservada (...), lo cual transmitió a su cónyuge Jorge Cáceres Osses, quien usando la información obtenida alertó a su hijo".
"Lo anterior -añade la Suprema- permite, al menos en esta sede, otorgarles el carácter de serias y autoriza a requerirla en sede penal por la conducta que se le reprocha, todo lo cual hace razonable el inicio de una investigación, sin perjuicio que la valoración de los antecedentes acompañados y los restantes que pudieren aportar los intervinientes, incumbe de manera privativa a los tribunales ordinarios con competencia criminal".