Contraloría cuestiona dificultades impuestas por el Gobierno para solicitar refugio en Chile
Dictaminó que no procede un oficio de la Subsecretaría del Interior que en abril ordenó suspender la recepción de trámites en 54 gobernaciones provinciales.
El ejercicio de las facultades de la cartera no pueden "significar un menoscabo de los derechos reconocidos y otorgados en materia de refugiados", estableció.
La Contraloría General de la República cuestionó una serie de dificultades impuestas por el Gobierno, mediante el Ministerio del Interior, para el proceso de solicitud de refugio por parte de inmigrantes que ingresan a Chile.
La Subsecretaría del Interior, a través del oficio 7.196 firmado por Juan Francisco Galli, instruyó poner fin a los procedimientos de atención de público en 54 gobernaciones provinciales, entre ellas las de Arica y Tarapacá, zonas golpeadas por la crisis migratoria, y algunos trámites afectados eran las recepciones de solicitudes de refugio, desde el 1 de abril.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos y el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) requirieron un pronunciamiento del contralor Jorge Bermúdez, quien dictaminó este mes (revisa el documento) que "no ha procedido suspender, mediante un instructivo, la recepción de solicitudes de la ley N° 20.430 en las gobernaciones provinciales, o actuales delegaciones presidenciales provinciales".
En su resolución, el ente fiscalizador puntualizó que la Subsecretaría del Interior "informó que tal determinación se adoptó considerando que con la entrada en vigor de la ley N° 21.325, nueva ley de Migración y Extranjería, comenzará a implementarse el nuevo Servicio Nacional de Migraciones, el que contará con sus respectivas direcciones regionales, las que se ubicarán en las capitales regionales y, según sostiene, serán los organismos competentes para formalizar las solicitudes de refugio".
No obstante, "en este contexto, es necesario consignar que aun cuando la anotada Subsecretaría puede, en ejercicio de sus atribuciones, emitir instrucciones para los organismos vinculados a ella, estas deben, de acuerdo con su naturaleza jurídica y la jerarquía normativa a la que se encuentran sometidas, ajustarse estrictamente a las normas legales y reglamentarias que regulan la correspondiente materia", expuso.
Por ello, Bermúdez remarcó que "en caso alguno el ejercicio de tal facultad podría significar un menoscabo para el goce de los derechos reconocidos y otorgados por el ordenamiento legal en materia de refugiados, máxime cuando, en la especie, las gobernaciones provinciales como tales, se encontraban en funcionamiento hasta el 13 de julio del presente año, para recepcionar las solicitudes en materia de migración en las fechas en cuestión".
"De este modo, no procedía que un instructivo hubiera alterado, en lo pertinente, lo dispuesto por la ley N° 20.430 y su reglamento, en cuanto a limitar la posibilidad de que extranjeros pudieran formalizar las solicitudes en examen o presentaciones migratorias ante las respectivas gobernaciones provinciales", concluyó, emplazando que la Subsecretaría "deberá, en lo sucesivo, considerar en la dictación de instructivos de esas características y en materias de su estricta competencia, lo expuesto en el presente pronunciamiento".
Aclaró, igualmente, que por ley a partir del 14 de julio de este año "las gobernaciones provinciales fueron reemplazadas por las delegaciones presidenciales provinciales y, en la provincia donde se ubica la capital regional, los delegados presidenciales regionales -que reemplazaron a los intendentes-, asumen las funciones de estos al suprimirse tales cargos en dicha provincia".
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BAJA REGULARIZACIÓN MEDIANTE SOLICITUD DE REFUGIO
A pesar de las leyes que lo regulan, organizaciones denuncian que, en la práctica, solicitar refugio en Chile es imposible, y el SJM ha liderado causas legales contra el Estado y ha alertado a Contraloría de acciones de funcionarios públicos que redundarían en la negación de solicitudes de decenas de migrantes, de acuerdo con La Tercera.
Aquello derivó en una investigación del Departamento de Auditorías Legales de la Contraloría, que registró una serie de irregularidades, como "ausencia del instructivo para realizar el trámite", "información desactualizada del Sistema de Extranjería", tendencia a la "judicialización del inicio del procedimiento de tramitación", "dilación para el inicio del trámite" o la "improcedencia en la detección de la necesidad de protección por parte del funcionario que efectúa la atención inicial en la autoridad migratoria".
Y si bien el ente contralor ordenó en octubre corregir todo ello, desde el SJM acusan que nunca se llevó a cabo: "Lo ilegal de todo es que el funcionario de atención de púbico sea el que determine quién entra y quién no entra al procedimiento", acusó Macarena Rodríguez, presidenta del directorio del Servicio, recordando que la ley dice "que cualquier persona tiene derecho a pedir refugio, por lo que el Estado tiene la obligación de darle un formulario y, después, será una comisión técnica quien decida si la persona califica o no".
Según La Tercera, datos entregados por la PDI indican que desde el inicio de la pandemia sólo 20 personas han obtenido una visa de refugiados, cifra que representa que apenas el 0,04% de los ingresos ilegales al país (50.103) ha logrado regularizar su situación con esta herramienta diplomática.
Un balance de Interior complementa que desde 2019 unas 2.500 personas han solicitado refugio y 140 personas lo consiguieron.