Policías y el Ejército se coordinan para puesta en marcha de la Ley de Control de Armas
La normativa, publicada hoy por el Diario Oficial, tipificó como arma todo lo que tenga cañón y dispare, con el fin de combatir tal cada vez más comunes armas hechizas.
La importación de las armas de fogueo quedó prohibida.
Quienes quieran portar o adquirir armas tendrán que hacerlo a la División General de Movilización Nacional.
Dos semanas después de haber sido promulgada, este martes fue publicada en el Diario Oficial la nueva Ley de Control de Armas y, en ese contexto, se reunieron las policías, el Ejercito y el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, con el fin de organizar y dar a conocer estas nuevas restricciones al porte y uso de armamento.
En el encuentro estuvo personal de Carabineros, de la PDI, del Ejército, Aduana y la División General de Movilización Nacional (DGMN).
Una de las nuevas funciones que trajo esta ley -cuyo reglamento debe ser publicado en el plazo de un año- es la incorporación de la Policía de Investigaciones en la fiscalización de las armas, ya que previamente no tenía atribuciones en esta materia.
Otra de las novedades, es que la nueva definición de arma es cualquier elemento que tenga cañón y dispare, esto por el aumento de modificaciones o las también llamadas armas hechizas.
Además, ahora quienes quieran portar o obtener legalmente una o varias armas, deberán hacerlo a través de la DGMN, la cual tiene algunas limitantes como la cantidad de armas que pueden tener los coleccionistas, que serían solamente 10 en caso que sean funcionales y cerca de 50 en caso que sean inutilizables.
"Hasta este momento no se le exigía una prueba de certificación. Ahora tiene que hacer una prueba de certificación en la cual certifique que él posee las condiciones para poder operar y mantener el armamento que va a operar. En segundo lugar, no se le exigía un examen psicológico y psiquiátrico por un médico especialista. Ahora se les exige", destacó el jefe de la DGMN, general de Brigada Patricio Carrillo.
"Además, se integra la Policía de Investigaciones al rol de fiscalizador también y, en cuanto al usuario, se colocan otros obstáculos más para poder verificar quién va a operar el armamento esté en buenas condiciones físicamente como psicológicamente", añadió la autoridad castrense.
QUEDÓ PROHIBIDA LA IMPORTACIÓN DE ARMAS DE FOGUEO
Respecto al estatus de las armas de fogueo, Delgado explicó que su importación quedó totalmente prohibida mientras no esté vigente el reglamento de la ley.
Una vez que ya esté publicado el reglamento, se estima que este tipo de armas finalmente serán tratadas como un arma de fuego más.
"La DGMN no va a certificar la posibilidad Aduanas de que esas armas sean enviadas a este lugar y que incumplan siquiera el proceso de inscripción. No va haber posibilidad de importar estas armas y esperamos que en el futuro, cuando el reglamento esté en régimen, estas armas ingresen como armas de fuego y sean inscritas como tal y, ojalá, se desincentive la importancia de las mismas", señaló el ministro.
"No tiene ningún sentido que estén entrando a Chile armas que pesan lo mismo, que son similares, que intimidan, que tienen el mismo sonido y que, más encima, con una baja inversión pueden quedar con poder letal de fuego, porque esas son las armas que están haciendo mucho daño lamentablemente en nuestras poblaciones", agregó el secretario de Estado.